Cobro de impuesto predial de 30 años a la fecha
Buenas noches, recientemente llegó una notificación sobre un requerimiento de pago de impuesto predial; a nombre de una persona fallecida hace mas de 7 años; debido a que el predio al que se le requiere el cobro por concepto de 30 años de predial aproximadamente, corresponde a una servidumbre de paso que resultó del fraccionamiento de predio original, conservando dicho acceso la clave catastral original.
En este sentido mi pregunta es si: ¿es factible que el municipio embargue dicho predio que en su totalidad corresponde a una servidumbre de paso, de 15 lotes enclavados en el acceso en mención? y en su caso ¿qué área de acceso podrían dejar de ancho, si se llegara a embargar?.
Por otro lado: ¿se puede tomar en cuenta la posibilidad de prescripción de los años de predial?
Para tomarse en cuenta, menciono que cada predio tiene referencia en su escritura; dicha servidumbre como colindancia. Por lo que quisiera también saber si se podría tomar este hecho como el supuesto mencionado en el Código Civil Federal respecto a que correspondería a una servidumbre voluntaria al estar referenciada en la escritura; además de estar consumada esta de manera continua y aparente desde hace más de treinta años que se llevo a cabo la escrituración de los primeros predios subdivididos en cuatro fracciones del predio original (conservando únicamente la clave catastral motivo del requerimiento, el área correspondiente a la servidumbre de paso; es decir la pequeña calle privada o cerrada que da acceso a todos los predios.
En el mismo sentido: ¿estos predios tienen vinculo con la deuda señalada a la persona fallecida? pues al comprar y generarse la escritura de uno de los predios en el cual yo edifique mi vivienda, tuvo que corroborarse que dicho predio escriturado tuviera certificado de libertad de gravamen.
Saludos y de antemano muchas gracias por su orientación.