¿Cómo me pagarán la incapacidad en el trabajo?

Cuando un trabajador queda incapacitado de manera temporal para ejercer sus funciones, el certificado de incapacidad le servirá para justificar su ausencia y cobrar lo que obliga la ley.

28 NOV 2019 · Lectura: min.
¿Cómo me pagarán la incapacidad en el trabajo?

El médico del IMSS o del ISSSTE le expedirá un certificado de incapacidad cuando usted no pueda ir a trabajar normalmente porque padece las consecuencias de un accidente o enfermedad laboral o porque tiene una enfermedad o sufrió un accidente fuera de su jornada laboral. También se expide certificado de incapacidad médica a las mujeres embarazadas, que no puedan cumplir con sus funciones por recomendación médica. 

En el justificante constarán los días necesarios para la total recuperación de la persona y, por tanto, el tiempo que estará ausente de su lugar de trabajo.

Una vez que la persona tenga el certificiado de la clínica del IMSS o del ISSSTE, debe presentarse en la ventanilla del banco autorizado para el pago del subsidio presentando este justificante, identificándose con la credencial de elector y llevando una copia como asegurado del certificado único de incapacidad. 

Derechos en caso de incapacidad

Enfermedad laboral o accidente de trabajo: no requiere semanas cotizadas, el porcentaje de pago es del 100% del salario registrado en el IMSS al comienzo de la incapacidad. El pago se efectúa entre un día y 52 semanas según lo que determinen los servicios médiocos a los que pertenezca el trabajador.

Enfermedades y accidentes en general: el trabajado debe haber cotizado, como mínimo, 4 semanas antes del inicio de la enfermedad. Si es trabajador eventual, las semanas cotizadas deben ser 6 en los 4 meses anteriores al inicio de la enfermedad. Se pagará el 60% del salario registrado ante el IMSS y se paga a partir del cuarto día hasta el término de las 52 semanas, según lo que estipulen los servicios médicos. El límite podría prorrogarse hasta 26 semanas más del tiempo establecido. 

Embarazo: deben estar cotizadas 30 semanas en los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicia la semana 34 de gestación. Si la asegurada no cumple con este requisito, el pago del salario íntegro debe efectuarlo el patrón (artículo 103 de la Ley del Seguro Social). Se debe pagar el 100% del salario registrado ente el IMSS al inicio de la semana 34 de gestación. Los enlaces se pagan al 60% del salario y por los días autorizados por el médico. Hay un límite de pago de 84 días y las incapacidades son hasta de 21 días. 

Enfermedad o accidente por riesgo de trabajo 

Cualquier trabajador puede sufrir un accidente en su lugar de trabajo o, es posible que por la labor que desempeñe, pueda poner en peligro su salud. La Ley Federal del Trabajo contempla los diferentes tipos de incapacidad en este sentido:

1. Incapacidad temporal: el empleado no puede cumplir con sus funciones durante un tiempo determinado y una vez culminado ese tiempo podrá recuperar sus facultades físicas para reincoporarse.

2. Incapacidad permanente parcial: el trabajador no tiene todas sus capacidades físicas para realizar su trabajo.

3. Incapacidad permanente total: el trabajador pierde definitivamente las aptitudes y capacidades para realizar su trabajo. 

Para calcular el pago de la incapacidad en el trabajo por riesgo laboral el IMSS o ISSSTE tomará como base el salario integrado del trabajador en el momento de ocurrido el accidente o enfermedad  y se cubrirá el 100% de ese salario hasta el momento en que esté recuperado. 

Muy importante: si hubo negligencia por parte del trabajador en el momento de ocurrir el accidente o si fue provocado de forma intencional, no hay lugar al pago de la incapacidad. 

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