Estoy casado y tengo un hijo con otra mujer, ella me quiere demandar y quiere que me embarguen bienes por la manutención atrasada. La casa que tenemos es de mi esposa y está a su nombre, ¿Me la pueden embargar? Porque estoy casado por bienes mancomunados.
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Si te pueden embargar porque la ley tiene las disposiciones que se han dictado durante décadas en las que se trato de proteger a los cónyuges del desamparo ante la separación y mas aquel que al separarse se quedaría sin bienes, así que tu tienes los derechos de esa casa, por lo tanto son embargables, todas estas leyes aplicadas en favor de los menores (Tu Menor Hija) hacen procedente que se te embarguen esos bienes. SI TE DESHACES DE ESOS BIENES, te exigirán la nulidad de esos actos pues los haces en perjuicio de un menor con la intención de no pagar una obligación, (Esa es la impresión que le da a la ley) LO MEJOR, es que seas tu mismo quien exija que se fije de manera justa la obligación y que con ayuda de un buen abogado esta se fije de acuerdo a tus verdaderos ingresos, las necesidades reales de tu menor, y la posibilidad de la madre de esta a aportar su parte también, de manera que te sea cómoda para ti siempre cubrirla, razón por la cual, jamás, será posible ni necesario que la madre del menor exija que se te embarguen bienes.
Buenas tardes Juan, el derecho a percibir alimentos de tus hijos lo determina la autoridad y ellos tienen la presunción legal de necesitarlos, por lo que resulta a la forma de garantizar la ministración de alimentos puedes hacerlo de otras formas para evitar embargos en tus derechos por gananciales, debiéndo recordarte que hay póliza de fianza, depósito en efectivo, hipoteca o mediante derechos de antigüedad en tu centro de trabajo.En nuestra firma contamos con abogados especializados en materia familiar con los que podrás encontrar solución a tu problemática y podemos representarte, asesorarte o patrocinarte en el Distrito Federal, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla, Querétaro, Veracruz y otros estrados de la República a convenir.
Juan. debes de otorgarle una pensión alimenticia a tu hijo. aún y que ese hijo esté fura de tu matrimonio. el juez fijará el porcentaje de acuerdo a tus ingresos.
Juan realiza una sesión de derechos sobre la propiedad a tu esposa, y trata de consignar pensión en el tribunal, para que no tengas mas problemas, estamos a tus ordenes, corporativo jurídico COAVE