No se puede señalar bienes para embargo después de sentencia

Realizada por Erick. 9 jun 2017 Barra de abogados

Soy pasante de Derecho y es la primera vez que me pasa, que una vez dictada la sentencia que solicito se autorice nuevamente al actuario para señalar bienes, sin embargo el auto que recayó me dicen que no a lugar fundándose en los artículos 1347 y 1347 del código de comercio y motivándolo con la razón de no existir cantidad liquida, por la cual mandar la ejecución revise los artículos.


Pero nada dice respecto a no poder embargar, busqué jurisprudencia y no encontré nada que apoye a esa teoría. Quisiera saber si: ¿puedo revocar el auto y mediante qué fundamento?


Ojalá me puedan ayudar.


He visto muy buenas asesorías en esta página.


De antemano, gracias.

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Mejor respuesta

No intentes revocar algo que te diran que no procede, lo que te dice el juzgaado es que no puedes embargar por que no sabe el juzgado en dinero cuanto te deben o deben a tu cliente, el paso qu e sigue es promover el incidente de gastos y costas a fin de se señale con pesos y centavos cuanto es el monto del embargo.

Si tienes mas dudas, ya sabes como localizarnos por este medio.

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