Buenas tardes, teno una duda enorme, me demandaron por el cobro de un pagare, en el emplazamiento acepto la deuda pero no la firma, acto seguido llegó ante el juzgado y desconozco la deuda y la firma en el pagare, pero mi abogado primero me había dicho que no importaba que hubiese reconocido el adeudo ante el actuario por que eso solo era un medio preparatorio, después me dice que es suficiente para que se me cobre el adeudo, ¿qué fuerza tiene ese reconocimiento?
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Buenas tardes, a sus comentarios, le sugiero que cuando conteste la demanda instaurada en su contra señale que la firma que calza el título de crédito pagaré NO es suya, donde señale perito en la materia de Grafoscopia para anular el documento base de la acción. Una vez hecho esto y acreditado que la firma que calza dicho documento es falsa, de vista al MP de la adscripción y solicite copias certificadas de esa resolución de la firma falsa con ella demandé penalmente la falsedad, fraude procesal y documento falso. Posteriormente, demandé la nulidad del juicio por fraudulento, como los daños y perjuicios que le hayan ocasionado. Saludos cordiales. Licenciada Juárez.
Es necesario una defensa adecuada, ya que hay jurisprudencia que establece que el acta de embargo y requerimiento no es prueba plena, ya que no se equipara a una confesional, estamos a sus ordenes en el Estado y Ciudad de México para brindar la asesoría jurídica correcta y nuestros servicios, excelente noche.