Mi papá salió adjudicado en un club de autofinanciamiento, pero no le entregaban el carro, decían cierta fecha y nada, y pues al no tener empleo y ver que no le entregaban el coche, decidió cancelar el crédito, por lo que llegaron a un arreglo y firmaron un convenio y de aproximadamente 80,000 pesos que él ya había dado (entre mensualidades y enganche), le iban a regresar 50,000 pesos en dos partes. Hoy lo citaron para entregarle la mitad del monto (25,000 pesos), pero al presentarse le dijeron que hablara el próximo mes, porque no había salido su pago por cuestiones internas.
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El debe demandar el cumplimiento forzoso del convenio o el pago completo de sus ochenta mil pesos, si es que la compañía de autofinanciamiento no va a cumplir el convenio, entonces deberán de restituirse cada quien las prestaciones que se dieron si acaso pagar el veinte por ciento por cancelación de los ochenta claro.
Tiene acción su papá para demandar el cumplimiento forzoso o la rescisión del contrato de crédito además de aquellas prestaciones económicas accesorias a las que pudiera tener derecho una vez que se pueda revisar la documentación y determinar por completo la situación del dicho préstamo.
Buenas noches, es cuestión de ver el convenio que firmaron, pues después del contrato de financiamiento, hubo novación para la entrega del dinero, para una mejor asesoría, favor de contactarme, pues necesitaría mayor información al respecto, gracias