Si se tiene un convenio de alimentos autorizado por el juez por porcentaje, sobre la empresa en la que laboro, ¿este aplica solo sobre este tipo de ingresos? Porque se pueden tener ingresos adicionales por varios conceptos:
- Herencias
- Apuestas / Loteria
- Venta de bienes
- Prestamos
- Intereses bancarios
- Rentas
- Retirar inversiones de planes de pensión
- Honorarios por trabajo eventual
Mi duda es si solo aplica que se otorgue la pensión de los ingresos por salarios, ya que algunos de los otros ingresos mencionados pueden formar ya parte de tu patrimonio. ¿Qué es lo correcto?
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La pensión alimenticia, ya sea provisional o definitiva, se dicta dentro de un acuerdo o sentencia mediante una resolución cuyo texto define la forma como debe determinarse. Cuando es el patrón del deudor alimentario quien retendrá de sus percepciones el monto de la pensión, dicho patrón lo que hace es acatar esa disposición tal como esté expresada para no incurrir en incumplimiento.
Ningún juez ni ningún patrón pueden considerar con efectividad los ingresos obtenidos por
- Herencias
- Apuestas / Loteria
- Venta de bienes
- Honorarios por trabajo eventual
- Retirar inversiones de planes de pensión
- Rentas
No pueden considerarse como ingresos sino como deudas y gastos Los montos por
- Prestamos
- Intereses bancarios
Usted solo debe de pagarle dicho porcentaje sobre todas las percepciones que recibe su trabajador, asi como un estimado de lo que gana en comisiones, horas extra y demas prestaciones del trabajador. Debe de checar todo lo que percibe su trabajador un estimado de un todo y de ahi le hace el respectivo descuento. No todo siempre es tan exacto pero si debe de tratar de ajustarlo y cumplir con lo ordenado.