Estoy en proceso de divorcio
Visto en el contenido del escrito de cuenta y con fundamento en los artículos 1.77, 1.78, 1.79, 1.134 y 1.135 del código de procedimientos civiles, se provee que no ha lugar el acordar de conformidad el libelo que se atiende, ya que la promovente no es parte dentro del negocio judicial que nos ocupa, entendiéndose por parte lo establecido en el numeral señalado en primer término el cual a la letra dice ...1.77. Es parte en un procedimiento judicial quien tenga interés de que la autoridad judicial declare o constituya un derecho o imponga una condena y quien tenga interés contrario.