El banco puede acreditar la deuda, aún sabiendo que hay una pensión provisional
El fondo de liquidación de baja o retiro del militar el cual tiene una deuda con banjercito, el banco realizó primero el cobro de la deuda y luego realizó con el sobrante la repartición de la pensión alimenticia, tengo entendido que primero debe ser la pensión y luego la deducción de la deuda contraída por el militar