¿Cuándo se disuelve una sociedad conyugal? ¿Qué pasa con los bienes inmuebles?
El caso es el siguiente:
Se adquirió un bien inmueble en sociedad conyugal que después de cierto tiempo se disolvió. En el convenio de establece que todos los enceres de la casa son de la mujer y que cuando la casa se terminara de pagar, los padres cederían la casa a los hijos.
La casa ya se pagó, y el titular de la misma es el hombre. En el convenio se establece que la mujer gozaría de la casa mientras los menores vivan en el mismo domicilio. El caso es más complejo, ya que la casa de ha puesto en renta (sin o sentimiento del titular), la mujer ha dejado la casa en repetidas ocaciones y ahora esta habitando con otra pareja el inmueble en cuestión.
¿Se puede entender que ella es aún propietaria del 50% de la casa? El proceso de re-escrituracion está en proceso, pero en la compra-venta se establece la mujer como "solidaria responsable" del inmueble.
Saludos.