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Realizada por Nayel Martinez. 3 feb 2017 Abogado laboral

¿Qué se considera explotación laboral?

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Nayel. Articulo 3o. de la LFT el trabajo es un derecho y un deber sociales, no es articulo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quién lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia. por lo tanto lo contrario a lo que nos dice este articulo. se puede considerar como explotación laboral. todo debe de ser conforme a derecho

Lic. Jesús Alberto Cavazos Rosas Abogado en Santiago (Nuevo León)

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