¿Tienes claro cuánto te deben pagar de aguinaldo?

El aguinaldo es un derecho que le corresponde a los trabajadores.

30 OCT 2018 · Lectura: min.
“El aguinaldo es una prestación anual consagrada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que consiste en por lo menos 15 días de salario, el cual debe cubrirse antes del día 20 de diciembre de cada año.

Llega el momento para un trabajador que posiblemente es el que más esté esperando en todo el año, ya que se suele decir: es el resultado del largo trabajo que a hecho durante un año, nos referimos al aguinaldo, aunque se sabe que cada año, este dinero que se recibe, es parte de los derechos de los trabajadores, algunos si lo reciben y aunque pareciera increíble, otros no. Ya sea porque no es formal el trabajo o se abusa de los derechos de este, es por ello que es importante mantenerse al tanto de los derechos del trabajador, que le corresponde, cuánto y cuándo.

Tanto las prestaciones, vacaciones, sueldo, horas laborales no excedidas por estipulación a la ley del trabajo y el aguinaldo son debidamente los derechos que se deben de apelar cuando no se proporcionen por parte del patrón o empresa. 

La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) menciona lo siguiente:

“El aguinaldo es una prestación anual consagrada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que consiste en por lo menos 15 días de salario, el cual debe cubrirse antes del día 20 de diciembre de cada año.

Los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.”

Por tanto, es importante el saber quien tiene este derecho, pues si el contrato es por una empresa privada le corresponde al trabajador: 15 días de salario. En el caso del gobierno con un total de 40 días es lo indicado. 

Después la pregunta clave es: ¿cuánto le corresponde al trabajador? En este caso es necesario un cálculo, pues se debe de dividir el salario bruto al mes entre 30 días, por poner un ejemplo: si alguien gana 18 mil al mes este se divide entre 30, el resultado es la cantidad que se gana diariamente de esta forma se a de multiplicar por el número de días que corresponda y privada 15 días, éste resultado se dividirá en los días de aguinaldo que dan en el trabajo entre los 365 días del año. 

La Secretaria de Trabajo y Previsión Social lo menciona de la siguiente forma:

“Todos los trabajadores tienen derecho al pago del aguinaldo, siempre que efectivamente exista una relación laboral, independientemente del acto que le dé origen. Relación de trabajo es la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.

Monto mínimo.- El aguinaldo consiste en, por lo menos, 15 días de salario, sin perjuicio de que manera individual o colectiva las partes de la relación laboral tengan pactada una suma superior a la prevista en la normatividad laboral.”

De esta forma sabemos que por ley corresponde los días mencionados, y si esto no se cumple es necesario acudir a las instancias correspondientes con la asesoría de un abogado.

De la siguiente forma nos confirma el cálculo la Secretaría de Trabajo:

Se toman los días que se tengan pactados como aguinaldo, por ejemplo: 15 (que son los días que marca el artículos 87 de LFT) entre 365 días (que son los días del año) nos da como resultado 0.041. Este resultado se multiplica por el salario diario y el resultado se multiplica a su vez por los días que laboró el trabajador. El resultado que arroje es lo que se llama parte proporcional.

Pero si tiene dudas al respecto puede contratar los servicios de los abogados expertos, que ponemos a su disposición aquí en este portal. 

Abogados
Linkedin
Escrito por

Abogacia.mx

Deja tu comentario

últimos artículos sobre trabajo y seguridad social