Como verán quiero cambiarle el apellido a mi hijo ya que desde que nació lo ha cuidado siempre un hombre que nos ama mucho y siempre nos ayudo y ahora quiere adoptarlo para dejarlo protegido económicamente, al padre biológico nunca se le a negado la visita, pero ni se acerca a verlo ni mucho menos deja dinero. Ya le comentamos sobre el cambio de apellido y el esta dispuesto, la cuestión aquí es no se que procedimiento usar para ello. Espero pronta respuesta. Gracias
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No hay manera legal de cambiar el apellido al gusto de las circunstancias, tiempos y parejas.
El acta de su menor es la que tendrá siempre, las personas que logran cambiar su apellido es precisamente porque ALGUIEN de buena voluntad las ADOPTA, como puede ser el caso de ustedes. Para esto solo hay dos caminos.
O se cuenta con la anuencia al cien por ciento del padre de la menor, quien como quiera que sea tiene el derecho a oponerse, En este caso debe acudir voluntariamente al Juzgado identificarse plenamente, y manifestar su consentimiento para que su hija sea adoptada por el solicitante de la adopción.
Sabemos que en la gran mayoría de los casos esto es imposible, entonces lo que obliga la situación es que mediante sentencia judicial se le declare al pare por perdido el derecho la patria potestad de la menor.
Esto inicia con el juicio de alimentos, y al no cumplir con dos mensualidades, el obligado puede ser demandado por la pérdida de la patria potestad. Es la vía más rápida, la otra es demandar por las otras causales que son más difíciles, de demostrar, los vicios de él, el juego, la criminalidad, que expone al menor a peligros, etc. Los alimentos son la mejor opción pues el requerimiento deja huella fehaciente y el incumplimiento también por lo que procede sin mas tramite.
Cuando no se tiene la patria potestad, el menor es adoptado con el solo consentimiento de la madre, ya no se necesita la firma.
Y es en este caso en el que el juez ordena que se haga una nueva acta para la menor.
De acuerdo lo que Usted plantea, los trámites ante un Juez competente en materia Familiar, para lograr la adopción de su hijo por parte de la persona que ha estado con Ustedes desde que nació.
Para ello, es importante contar con el consentimiento del Padre biológico, ya que si no se cuenta con dicha aprobación, entonces, primero deberá iniciar juicio de pérdida de patria potestad, en contra del progenitor, y ya que se haya decretado dicha pérdida de patria potestad, entonces proceder con el trámite de adopción correspondiente.
Dichos trámites llevan su tiempo, por lo que mientras se logra la citada adopción, se pueden adoptar diversas medidas para la protección económica del menor, tanto para sus necesidades presentes, como para sus necesidades futuras, para lo cual es importante que tenga acercamiento con quien le pueda asesorar personalmente.
Tenga en excelente día, y cuente con nuestro apoyo para resolver cualquier duda o aclaración respecto a su pretensión jurídica.
Mary. esto se le debe de solicitar a un juez. y el que el padre biológico este dispuesto a que se le cambie el apellido al menor, como lo dices, esto no bastaría. déjame decirte que es un proceso complejo. por lo que debes de contratar un abogado.