Quisiera saber si puedo pelear una pensión de compensación a mi aun esposo, ya que nos casamos bajo el régimen de separación de bienes. Estuvimos casados por tres años, durante los cuales no me dejo trabajar, y durante este tiempo se adquirieron deudas bancarias a mi nombre, las cuales ha dejado de pagar. También, en los últimos meses vivimos en su casa, la cual está a nombre de su mamá, pero él me corrió y abandonó la casa antes de que yo me saliera y durante ese tiempo no me dio dinero ni para comer. No tengo trabajo, estoy endeudada hasta el cuello y él me dijo claramente que se deslindaba de toda responsabilidad conmigo. ¿Qué puedo hacer en esta situación?,¿habrá forma de obtener una pensión?
Gracias por su atención.
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Hola, como conyuge usted tiene el derecho de meterle pension alimenticia, vaya con un abogado en su ciudad o contactenos.
De primer momento, pareciera que no tienes derecho a ninguna retribución económica, ya que el Régimen por el cual te casaste fue el de Separación Conyugal, en ese sentido no hay sociedad conyugal que liquidar y las deudas que se contrajeron únicamente competen a quien las celebró que en el caso eres tu.
Ahora bien, en relación a la indemnizacion que pudieses recibir por los servicios domésticos que hubo en el matrimonio, pudiésemos exigirlos a efecto de que se cuantifiquen en una relación económica para ti, al respecto existe Jurisprudencia (Leyes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación) que apoyan este concepto y en la practica resultan cantidades económicas altas.
Le comento que seria dificil reclamarle legalmente algo a su conyuge en relacion a una pension, maxime si nunca procrearon hijos y No hay bienes que pelear.... En relacion a las deudas , si usted las adquirio es responsable usted de las mismas.