Divorcio y herencia

Realizada por Anónimo. 17 mar 2016 Divorcio

Qué tal, en el 2007 mi papá nos traspasó a mi y a mi esposo una casa, nunca se hizo ningún papel de dicho acto solo se realizó el testamento de mi papá dejando esta propiedad a mi nombre "por si pasaba algo". Desafortunadamente pasó. Hicimos la adjudicación y donación del 50% de mi mamá y en el 2015 vendí la casa. Ahora estoy por iniciar mi trámite de divorcio y mi esposo solicita el 50% de la venta de la propiedad. Tengo entendido que los bienes por herencia no entran dentro de los bienes mancomunados, lo que no sé, es si ya que está vendida la casa sí, ya que el dinero y todo el trámite solo aparece mi nombre.

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Así es si ella te demanda por esta cuestión deberás de acreditarlo ante el juez. Lo único que no lograras es hacer que no te demande aunque le expliques mil veces pues ella no lo quiere entender.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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Anónimo:

Si adquiriste el 50% del inmueble por herencia y el otro 50% por donación en la que se te designó a ti exclusivamente, entonces dicho no entró a formar parte del patrimonio común de la sociedad legal.

Así que legalmente, a tu cónyuge no le asiste derecho alguno para exigirte nada del producto de la venta del citado inmueble. Y es elección tuya, decidir por algún motivo, otorgara tu cónyuge parte del producto de la venta.

Ahora bien, si deseas divorciarte y existe la controversia que mencionas, es importante que cuentes con la asesoría directa de un Abogado, para que tramites el juicio correspondiente de divorcio, y salvaguardes tus derechos relativos al producto de la venta del citado inmueble.

Esperamos te sea útil la información y quedamos atentos para cualquier duda que necesites resolver.

Noctuam Ius Abogado en Guadalajara

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Anónimo:

Si adquiriste el 50% de la propiedad del inmueble por herencia y el otro 50% por donación que se realizó designándote solo a tí, entonces, dicho bien no entra a formar parte del patrimonio común de la Sociedad Legal.

Por lo tanto, legalmente no le asiste el derecho a tu cónyuge de reclamar el 50% que pretende. Así queda a tu elección, si decides por algún motivo, entregar a tu cónyuge, una parte del producto de la venta.

Si es su deseo divorciarse, y para ello tienen dificultad por el desacuerdo que pudiera darse con motivo de la exigencia de su aún cónyuge, es necesario que cuente con la asesoría directa de un Abogado, para que a través de un juicio seguido ante un Juez competente en materia familiar, logré Usted el divorcio, y salvaguarde sus derechos relativos al producto de la venta del citado inmueble.

Esperamos le sea útil la información y quedamos atentos para cualquier duda que desee aclarar.

Noctuam Ius Abogado en Guadalajara

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Hola anónima, ¿porque no lo inicias con nuestro despacho y dejas de batallar? tu esposo puede demandar lo que el quiera, de acuerdo con lo que tu manifiestas el no tiene nada que pelear, pero puede hacerlo, si bien es cierto que la propiedad se "compro" también es cierto que ese acto jurídico no existió, solo la herencia, y efectivamente, en herencias solo le corresponde mirar., estamos a tus ordenes.

Asesoría Jurídica y Servicios Periciales Abogado en Monterrey

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