Semanas no reconocidas por el IMSS

Realizada por maria martha. 14 ene 2016 Abogado laboral

1. Solicité semanas cotizadas por primera vez al IMSS y cuando me dieron el resultado no estuve de acuerdo.

2. Metí la inconformidad anexado algunos documentos que avalaran mi afiliación al IMSS y los años que trabajé en las varias empresas.

3. El IMSS, después de 3 meses me dio el desglose y menciona que empecé a estar afiliada en el mes 12/1973 cuando realmente ingresé en el año 967, incluso mi número de afiliación empieza con 0667.

4. Por medio de la página de Infomex solicité cualquier documento que avalara la afiliación al IMSS. Lo que recibí es lo mismo, que fue a partir del año 73.


Me informan que si no tengo la hoja rosa no se puede hacer nada. Yo tengo una credencial del IMSS del año 70 y la inscripción al Infonavit en el año 72. ¿Qué puedo hacer? ¡Son casi 300 semanas! ¿A quién puedo acudir? Estoy próxima a pensionarme y la verdad sí es mucha la diferencia si no se toman en cuenta esas semanas. ¿Qué podría hacer? ¿A quién o qué instancia recurrir?


Gracias por su tiempo y asesoría de ésta y otra respuesta que recibí.

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Debe hacerse de nuevo la consulta, desde el inicio, pues a partir de que recibió el acuerdo mediante el cual se resolvió su RECURSO DE INCONFORMIDAD ante el propio instituto, usted contaba con termino de diez días para demandar la Nulidad de esa determinación ante el Tribunal Federal de lo Contencioso Administrativo o quince días para acudir al Juicio de Amparo Indirecto ante Juez de Distrito en materia Administrativa.
Por esta razón debe usted contactar con un hábil Abogado que le redacte una petición de alguna prestación respecto de la cual se provoque indirectamente que le den a conocer sus semanas cotizadas, para que no sea la misma consulta, pues le desecharan el recurso por ya ser cosa Juzgada, y se sobresee juicio de nulidad o Amparo, deberá alzarse de nuevo en recurso de inconformidad respecto de acto distinto, que de igual forma debe tener como resultado el que se aclaré que Usted comenzó a laborar desde la fecha real de su ingreso. por esta razón se requiere de formular muy bien la nueva consulta.

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