¿Qué derechos tengo en separación en concubinato?

Realizada por lukas. 31 ene 2016 Abogado civil

Buen día:

Estoy en una relación de cinco años en concubinato, no tengo hijos, en el año 2011 falleció mi bebe antes de nacer de treinta y dos semanas, quiero separarme, el departamento donde vivimos es de una tío de él, nos lo renta, siempre he trabajado, y cuando nos juntamos dormimos en el suelo porque no teníamos nada, hasta que yo le dí una parte de dinero para ir comprando

muebles, todo lo puso a su nombre, y pues uno no piensa las cosas hasta que ya sucede algo, pero siempre puse yo la mitad en todo, de hecho nos tocaba un mes de renta a él y uno a ami y así con todos los gastos de la casa ( en realidad siempre colaboré más yo que él). En marzo del 2015 renuncié a mi trabajo y en junio del mismo año pusimos un negocio de comida, él puso el capital, y yo la mano de obra, hoy es día que no recibo sueldo porque dice que los primeros meses y hasta hoy no ha salido nada

extra aparte lo de las renta del local y demás. El punto es que me quiero separar, y tengo dudas si algo me corresponde de

todo lo que hemos hecho.

Le agradezco su ayuda,

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

A todos los derechos como si fuese matrimonio. Es decir todo al cincuenta por ciento, como dice la ley, COMO EL DERECHO DE LAS MUJERS QUE SE CASAN POR BIENES SEPARADOS.
Lo que pasa es esto: Durante años la corte ha venido tomando decisiones en pos de la protección de las mujeres que se casan por bienes separados, y que al separarse del marido en décadas anteriores se quedaban prácticamente en la calle, por lo tanto se rigorizaron la exigencias para establecer el régimen de separación de bienes, y se ordenó, que: Si al Casarse por el régimen de separación de bienes, la pareja no exigía al oficial del registro Civil llenar adecuadamente el Convenio Prenupcial denominado Capitulaciones Matrimoniales, en la que se hiciera u inventario detallado de los bienes que cada consorte llegaba al matrimonio, así como disposición expresa en la que se estipulara que pasaría con los bienes que cada uno fuera adquiriendo durante el matrimonio y en el que expresamente ambos consortes RENUNCIARAN anticipadamente a los bienes que el otro pudiera adquirir, además de que al adquirir el bien se realizara el aviso al Juez para que se anexara este bien al convenio de capitulaciones matrimoniales, entonces los bienes serían considerados como de ambos ante la imposibilidad de interpretar la verdadera intención de los consortes respecto de cada bien que se va adquiriendo.
Estas condiciones son prácticamente imposibles de cumplir, nadie se toma la molestia de hacerlo, y se dictó así precisamente para proteger a las mujeres.
Por ende es común que a pesar de que existe el régimen de separación de bienes, los abogados de las mujeres alegamos la oficiosidad del régimen en virtud de que no existen o no son claras, ni especificas las capitulaciones matrimoniales de los consortes.
Luego con total independencia de lo anterior el Código Civil Federal, después homologado por las legislaciones locales de los estados, dispuso que aun en el caso de la separación de bienes si un consorte no adquirió bines porque se dedicó al cuidado del hogar tiene el derecho al cuarenta o cincuenta por ciento (Según el Estado de la república en que están los bienes) de los bienes del otro como indemnización. lo que forma una doble protección hacia aquel que se dedicó al hogar y no adquirió bienes.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

6987 respuestas

33893 votos positivos

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Abogado civil

Ver más abogados especializados en Abogado civil

Otras consultas sobre Abogado civil

Explica tu caso a nuestros abogados

Realiza tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

La sesión de asesoría no es gratuita. El precio estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 6200

abogados

preguntas 40000

preguntas

respuestas 71800

respuestas