Tuve un accidente saliendo del turno de trabajo, baje del camión de trasporte de la empresa y al cruzar otro camión me atropello, esto fue el 7 de julio de 2017, la empresa tuvo conocimiento de mi accidente tan es así que me mando un sobre con un pago equivalente a una semana, posteriormente me mandaron decir con una compañera de trabajo que ya no me presentara que estaba despedida, a la fecha aun no puedo caminar, así que no puedo trabajar, y la empresa no me ha otorgado ningun tipo de ayuda, ¿se considera riesgo de trabajo? ¿me corresponde algo legalmente o no?
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por supuesto que si se puede. buscanos y te apoyamos.
Hola Marisol, tu caso si verdaderamente un Riesgo de trabajo porque se dio en el trayecto de la empresa a tu casa y no te pueden despedir solo así, un darte de baja en el seguro social, sino que tienes derecho a que te incapaciten y a que te califiquen tu riesgo de trabajo, siempre y cuando te hayan atendido en el seguro social cuando sufriste el accidente, sin embargo, aún y cuando no te hayas atendido en el IMSS, tienes el derecho a demandar el riesgo de trabajo ante la junta de conciliación y arbitraje, para ello tienes que buscar un abogado laboralista para que GE explique bien en que consiste la demanda por riesgo e trabajo y los requisitos para la demanda. Saludos desde Acapulco Lic. Rey mundo Rodriguez