Estoy divorciado desde hace 5 años, a mi hija la veo un fin de semana sí y otro no, ella vive con su mamá, tiene 8 años, me dijo que se iba a vivir a otro Estado, puedo impugnar esto, para que mi hija se quede conmigo, yo le paso la pensión alimenticia, firmamos un convenio y no hemos tenido ningún problema con eso y tampoco con los días de convivencia.
Si no puedo hacer nada para que se la lleve, me puede demandar por no entregar la pensión, esto pensando en el gasto que tendré que hacer al viajar cada 15 días. Yo vivo en Puebla y piensa irse a vivir a Chiapas, son más de 1200 km de ida y vuelta.
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Los gastos deben ser compartidos, un viaje lo realizaría Usted y el Otro ella debe hacerse responsable de traerla o proveer los medios seguros para que llegue a salvo con Usted.
Ella no puede irse sin avisar, deben correrle traslado en el Juzgado, y Usted tendrá la oportunidad de exigir que se decreten expresamente estas medidas de gastos en equidad y por el bien de la menor.
Si se va sin autorización judicial se hace a credora a sanciones y de cualquier manera deberá establecerse el régimen de visitas y convivencias que habrá de regir en función del cambio de circunstancias.
Buenas noches, a sus comentarios, observando que lleva una buena relación con la madre de su menor y usted ha cumplido a cabalidad el convenio de alimentos, le sugiero que hable con ella de forma pacifica y observando que van a cambiar algunas modalidades del convenio, para no incumplir, le sugiero que abra una cuenta bancaria a nombre de su hija, donde deberá depositar los alimentos para evitar caer en algún incumplimiento y lo relacionado con las visitas y convivencias, hable primero con ella para evitar un juicio desgastante. Ahora bien, observo que la menor es de ocho años, deberá de platicar con la menor si se quiere ir, ya que eso va a acontecer en el juzgado. En caso de tener problemas, entonces deberá de demandar ese convenio pero hasta que ella se vaya, ya que sólo así puede demandar el incumplimiento del mismo. Saludos. Lic. Juárez.
Buenas Noches. Si puede oponerse a su cambio de residencia y también puede modificar el pago de pensión alimenticia, con gusto lo asesoramos y litigamos el asunto, póngase en contacto directo para mayores detalles.
En el supuesto que plantea existe jurisprudencia al respecto, que señala que el derecho del menor a convivir contigo, es un limite para la madre, por lo tanto al tener ésta la guada y custodia de la niña, no puede cambiar su residencia a un sitio que por la distancia merme ese derecho del menor a convivir contigo en los tiempos ya establecidos.