Mi hija tiene otro apellido y quiere ponerse el mío

Realizada por fernando. 15 mar 2016 Abogado civil

Estuve en unión libre con una mujer. Tuvimos una hija la cual registramos y hay un acta de nacimiento. Nos separamos y ella se juntó con otra persona, con quien ya no vive, registraron a mi hija como suya y sacaron otra acta la cual se ha utilizado hasta la universidad. Mi hija ya tiene 21 años y quiere que su título y cédula salgan con mis apellidos, ya que yo me he hecho cargo de sus estudios siempre. Qué puede hacer ella y/o yo para que eso se logre.

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No hay manera legal de cambiar el apellido al gusto de las circunstancias, tiempos y parejas.
El acta de su menor es la que tendrá siempre, las personas que logran cambiar su apellido es precisamente porque ALGUIEN de buena voluntad las ADOPTA, como puede ser el caso de ustedes. Para esto solo hay dos caminos.
O se cuenta con la anuencia al cien por ciento del padre de la menor, quien como quiera que sea tiene el derecho a oponerse, En este caso debe acudir voluntariamente al Juzgado identificarse plenamente, y manifestar su consentimiento para que su hija sea adoptada por el solicitante de la adopción.
Sabemos que en la gran mayoría de los casos esto es imposible, entonces lo que obliga la situación es que mediante sentencia judicial se le declare al pare por perdido el derecho la patria potestad de la menor.
Esto inicia con el juicio de alimentos, y al no cumplir con dos mensualidades, el obligado puede ser demandado por la pérdida de la patria potestad. Es la vía más rápida, la otra es demandar por las otras causales que son más difíciles, de demostrar, los vicios de él, el juego, la criminalidad, que expone al menor a peligros, etc. Los alimentos son la mejor opción pues el requerimiento deja huella fehaciente y el incumplimiento también por lo que procede sin mas tramite.
Cuando no se tiene la patria potestad, el menor es adoptado con el solo consentimiento de la madre, ya no se necesita la firma.
Y es en este caso en el que el juez ordena que se haga una nueva acta para la menor.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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Estimado Fernando:

Lo que pretende tu hija respecto a su nombre y apellidos, es legalmente posible.

Para ello se requiere iniciar un juicio, para que el segundo de los registros, sea declarado nulo, y como consecuencia, subsistirá como válido, solo el primero de los registros, y su nombre es y será definitivamente, el que aparece en la primer acta de nacimiento.

Y si tiene algunos documentos con el nombre que aparece en la segunda acta, en el mismo juicio de nulidad, se debe demandar, que en la primer acta, se haga la anotación, de que ha sido conocida con el nombre de la segunda acta, para efectos de subsanar las irregularidades que se puedan presentar, por tener documentos con el segundo nombre.

Para lo anterior, es necesario que cuentes con la asesoría de Abogados especializados en materia familiar.

Cualquier duda al respecto, no dudes en contactarnos, ya que estaremos en la mejor disposición de poderte brindar la asesoría que necesitas.

Noctuam Ius Abogado en Guadalajara

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