Deuda compra venta de productos y cartera vencida

Realizada por Nancy Galvez. 5 oct 2019 Auditorías contables

Buenas noches a todos,

Expongo aquí el caso que me está quitando el sueño, agradeciendo de antemano toda la posible ayuda que me puedan brindar.

Mi padre trabajaba por su cuenta en la compra venta de productos para la construcción, da la casualidad que Sika le vendió unos productos para que mi padre se los vendiera a su vez a otra compañía.

Desafortunadamente mi padre falleció de manera súbita de un paro cardíaco y y ahora Sika nos está exigiendo el pago de sus productos . Hacen alusión a un pagaré que se firmó en el 2011 para pagarse en el 2012. Mi papá firmó directamente y mi mamá como responsable solidaria.

Revisé y mi padre no tiene ninguna deuda con ellos más allá de esas facturas de productos que datan de junio de este año (2019)

Sin embargo no sé si esto sea válido. Mi padre gastó mucho dinero en su tratamiento médico por tanto no tenemos para pagar (22 mil dólares ya que las facturas estaban en dólares). La otra empresa a la que se les vendieron, no es precisamente que no quiera pagar sino que, dado que trabaja con gobierno, el pago cae muy lentamente.

Si esta empresa nos pagara, podríamos liquidar la deuda a Sika sin problema y nos quedaría dinero para poder subsistir , ya que esta empresa nos debe desde el año pasado.

Sika dice que si no pagamos, le mandara otro vendedor a esta empresa y por tanto ya es muy improbable que nos pague a nosotros al romper la relación comercial. Además de la demanda que nos meterían.

No sé si el pagaré aplica, no sé si lo mejor se a tratar de pagar con lo que la otra empresa nos de, tampoco sé si nos pueden embargar la casa (esta sin escrituras pero notarialmente dice que por herencia es de mi papa) etc.

Me habían dicho que era posible vender la cartera de clientes que nos deben pero no sé si es posible siendo que mi papá era una persona física.

Muchas gracias de antemano.

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Hola que tal!

Mira el pagaré ya está vencido para promoverse en la vía ejecutiva mercantil, pero en la vía ordinaria aún puede ser demandado. Pero si hay formas de justificar dicho adeudo, no hay ningún problema en un juicio.

Con respecto a embargar la mera propiedad no se puede ya que primeramente hay que regularizar la propiedad. Quizás bienes muebles en el caso de juicio Mercantil y ustedes no justifique el pago del adeudo. Con respecto a que la garante es la señora. Hay que ver bien como acordaron la entrega de productos y la forma de pago entre proveedor y vendedor al consumidor o cliente o comprador... Algun contrato etc..

Vender cartera de clientes, también hay que ver documentos para ver si es posible, puesto que para el uso goce disfrute del patrimonio del intestado necesariamente requieren de tratar un juicio sucesorio.



Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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Buenos días!!!

En mi primer lugar es común que las empresas usen el PAGARÉ como medio para asegurar el pago cuando abren una linea de crédito con un cliente, pero en este caso el pagare ya esta vencido y no pueden hacerlo valer por la vía ejecutiva. Pero si pueden iniciar el procedimiento ordinario civil.

En relación a tu duda si pueden embargar la propiedad, te indico que en este momento no podrían por que primero se tiene que regular dicha propiedad.

Guillèn y Asociados Abogado en Tuxtla Gutiérrez

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