El Fedatario Público

El notario público o el corredor público son dos profesionales del derecho que dentro de sus facultades cuentan con la calidad de Fedatarios públicos, ¿pero en qué se diferencian?

24 ABR 2014 · Lectura: min.
El Fedatario Público

El notario público o el corredor público son dos profesionales del derecho que dentro de sus facultades cuentan con la calidad de Fedatarios públicos, ¿pero en qué se diferencian?

La fedación delegada a ciertos profesionales dentro del campo del derecho como Notarios y Corredores Públicos encuentran muchas similitudes aunque tiende a confundirse las mismas; comenzando porque son derivadas de designaciones distintas, ya que el Corredor Público es una designación hecha por el ejecutivo a través del Titular de la Secretaría de Economía Federal, Institución encargada de la supervisión y promoción de la figura del corredor público como Auxiliar del Comercio, según lo establecido por las Leyes en materia Mercantil (propiamente establecidas en el Código de Comercio y la Ley de Correduría Pública Federal y reglamento). Mientras que los Notarios Públicos peritos en derecho con patentes para ejercer dicha función son designados por el Ejecutivo de cada entidad y cierto que ambas figuras ostentan fedación pública en ciertas demarcaciones, es decir, son designados para realizar sus funciones en determinado territorio, se deberá entender que tanto una como otra no son lo mismo.

Mientras el Corredor Público cuenta con fe pública para realizar actos encaminados o encausados al comercio, los Notarios Públicos cuentan con la misma fe pública para todo tipo de actos y hechos jurídicos siempre y cuando sean dentro de su circunscripción.

Ambos pueden realizar ciertos actos jurídicos como la constitución y modificaciones en figuras societarias del comercio. El corredor público se encuentra impedido para este tipo de actos en figuras societarias regidas por el Código Civil como asociaciones o sociedades civiles; dicho esto se ha comprobado que la sociedad en general tiende a confundir las actuaciones o capacidades de actuación de ambos, suponiendo que el corredor público puede realizar actos traslativos de dominio a pesar de tratarse de actos tendientes al comercio o entre comerciantes, ya que a pesar de entenderse como actos de comercio, éstos no se encuentran facultados para ello. En pocas palabras el Notario cuenta con una fedación pública que abarca cualquier tipo de actos o hechos jurídicos, mientras que el corredor público solamente se encuentra facultado para dar fe pública de actos de comercio.

Escrito por

Corporativo Jurídico Maz

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6 Comentarios
  • Ricardo Gonzalez

    El corredor público puede realizar una fe de hechos de un inmueble.

  • Daygoro Santy Quiama Flores

    ¿Cual es la función de un abogado fedatario en un proceso administrativo sumariao?

  • julio zambrano

    En materia electoral si me pudieran mandar el concepto de fedatario electoral y la bibliografía por favor.

  • jose espinosa

    Hay empresas "patito", que dicen estar registradas ante un "FEDATARIO"., entonces ¿porqué no son sancionadas por fraude? están falseando un documento oficial y robando a las personas ante los ojos de la ley. están ante todo en internet, entonces ¿porqué no hace el gobierno nada contra estos criminales?

  • cristina martínez quintero

    Buenos días, ¿El secretario municipal también es un fedatario y qué ley lo fundamenta? Gracias,

  • José Refugio cruz

    Muy buenas tardes, quisiera hacerle una pregunta, ¿un presidente municipal también es un fedatario publico? Y si es así, ¿qué ley lo fundamenta? Muchas gracias, reciba un cordial saludo.

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