Bueno hay una casa abandonada en un fraccionamiento pero el dueño de las casas es un español y lleva 20 años que no lo ven y nadie cobra las casas habitadas y quiero adueñarme de una casa que lleva mucho tiempo abandonada. ¿Qué pasa si me adueño de ella?
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Cuando vemos un objeto que parece estar abandonado, inmediatamente el instinto nos empuja a querer apoderarnos de él. Mientras más pequeño y más portátil es el objeto, más fácil es llevárselo o robárselo. Pero ya tratándose de cosas grandes como un automóvil, es más difícil pasar desapercibido y el riesgo de ser detectado es mayor. Tratándose de bienes inmuebles, el control se lleva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Si nos adueñamos de una casa, un terreno o un edificio solamente porque nos parece que está abandonado, al entrar a él cometiendo allanamiento, nos vamos a dar cuenta si en su interior existen objetos como muebles y artículos de tipo diverso. Si existen tales contenidos y nos apoderamos de ellos, pasamos del allanamiento al robo, y si luego nos instalamos en dicho interior para usarlo y habitarlo, terminamos cometiendo despojo. Aunque el bien inmueble estuviera vacío y desierto, siempre existe el peligro latente de que tarde o temprano el dueño legítimo o sus herederos o acreedores o personas con derechos contraídos sobre el inmueble aparezcan y denuncien la presencia de intrusos y los demanden con las consecuencias legales que resulten. Para que un invasor demande con éxito la adquisición por prescripción adquisitiva de un bien inmueble presuntamente abandonado, necesita argumentar que la posesión que ejerce sobre el bien ha sido de manera pública, pacífica, continuada y en calidad de dueño, bajo las circunstancias naturales que le llevaron a tener la posesión, y por más de cinco años.
Buenas Tardes, con mucho gusto la orientaremos y ayudaremos, me gustaría que pudiéramos platicar y de esta forma conozca nuestros servicios y costos, le agradecería mucho que me llame al numero de celular o nos envíe sus datos para poder contactarnos con Usted.
Le reitero que estamos para servirle y que estaremos atentos para poder ayudarle..
Buen dia: Estimado usuario, En las legislaciones de todos los Estados se prevén los tramites que deben realizar los interesados en los Bienes Mostrencos, es decir los que aparentemente están Abandonados, así como los derechos que nacen a los poseedores de un bien de buena o de mala fe; Sin embargo debe Usted de consultar con un experto a fin de que no se exponga de ningún modo. Los profesionales comprendemos todas las situaciones máxime que en la misma ley existen las figuras que permiten convertirse en el dueño de un bien abandonado. Tenga confianza y acérquese a cualquiera de nosotros para guiarlo en los tramites judiciales que debe llevar a acabo a fin de investigar, reclamar y adquirir conforme a la ley la propiedad que le interesa.