Pago completo por embarazo en el IMSS

La mujer al igual que el hombre cuentan con derechos, sobre todo cuando esté embarazada y requiera de cuidado.

25 ENE 2018 · Lectura: min.
El médico que se te asignó en la UMF debe certificar tu embarazo y la fecha probable de parto para que así puedas obtener tu incapacidad por maternidad por 84 días naturales.

Existen derechos humanos que son esenciales para que la equidad entre los hombres y mujeres se generen día con día en nuestro país, de esta forma la lucha que se ha venido dando por años cobre resultados favorecedores.

Por largo tiempo la mujer ha reclamado con voz alta cualquier derecho que es violado en nuestro país, si bien por mucho tiempo se le considero el sexo débil, resulta que la mujer ha sabido demostrar que no lo es y ha sabido defenderse como es debido.

Puede que algunas mujeres representen dentro de los círculos del gobierno, en alguna institución o asociación sin fines de lucro: un pilar que desea demostrar que la lucha sigue vigente y que se necesita trabajar en ello para que otros derechos que han sido violados, se puedan procesar con una denuncia bajo las leyes correspondientes.

Otro de los sectores donde se está logrando avanzar en los derechos de las mujeres tiene que ver con el trabajo, pues dentro de una empresa muchas veces no se respetan muchos de estos derechos que son esenciales, las organizaciones desean que existan las ganancias, las cuales a veces ponen por encima de las necesidades de sus empleados.

Ante los hechos mencionados cabe destacar que algunas mujeres dentro del gobierno trabajan para alcanzar esta equidad, es por ello que la cenadora María Elena Barrera dio a conocer que las mujeres afiliadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrán pago completo por embarazo.

Las mujeres podrán contar con el beneficio de contar con 84 días de incapacidad completa, así como pago completo de subsidio con la intención de tener el cuidado posible para ella y su bebé próximo a nacer.

El IMSS menciona los siguiente:

Cuando un trabajador se encuentre incapacitado para trabajar de manera temporal, debido a que sufra un padecimiento derivado de un accidente o enfermedad, o bien, durante los periodos anteriores y posteriores al parto en el caso de trabajadoras aseguradas, el médico del IMSS le expedirá un certificado de incapacidad con el fin de justificar su ausencia en el trabajo durante los días que requiera para su recuperación.

Por tanto queda claro que se deberán de respetar las indicaciones mencionadas con el propósito de mejorar los derechos de las mujeres trabajadoras.

Pues éstas son algunas de las preguntas que responden ante estos hechos el IMSS:

Si soy asegurada del IMSS y me embarazo, ¿a qué tengo derecho?

Como embarazada registrada ante el IMSS tienes derecho a:

• Recibir atención médica.

• Descanso por 84 días naturales que amparan los periodos: prenatal y postnatal.

• Pago de un subsidio, en una sola exhibición, si cumples con los requisitos.

¿Cuáles son los requisitos para obtener las prestaciones de maternidad?

Estar inscrita como trabajadora ante el IMSS, registrarte en la Unidad de Medicina Familiar que te corresponda de acuerdo a tu domicilio y tener asignado un consultorio para atención médica. El médico que se te asignó en la UMF debe certificar tu embarazo y la fecha probable de parto para que así puedas obtener tu incapacidad por maternidad por 84 días naturales.

¿Qué beneficios me ofrece el nuevo proceso?

I. Podrás transferir de 1 hasta 4 semanas del periodo de descanso prenatal al descanso postnatal, cumpliendo con los requisitos previstos y al presentar tu solicitud en la semana 34 de gestación.

II. Expedición de certificado único de incapacidad por 84 días, el cual amparará los periodos: prenatal y postnatal. De cumplir con los requisitos de la Ley, cobrar del subsidio en una sola exhibición.

III. Tomar la decisión de no atenderse en el Instituto y acudir una sola ocasión a la clínica que les corresponda en la semana 34 de gestación a que se te expida la incapacidad.

IV. Solicitar transferencia de semanas.

¿La incapacidad y el subsidio son lo mismo?

No son lo mismo. La incapacidad por maternidad es el certificado que te otorga el IMSS para justificar tu ausencia en tu centro laboral por 84 días naturales. El subsidio es el pago que te otorga el IMSS, si cumples con los requisitos, por los días que te encuentres de incapacidad.

Aquí yace la información más importante y que podría interesar. Sin embargo, existe una pagina completa del IMSS donde se responden todas las preguntas de forma más detallada, o bien, puede contratar a los abogados expertos en este portal. Ellos le atenderán de forma profesional y también pueden orientarle en los derechos de las mujeres.

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