y el de mi abuelo materno como su papá. Cuál sería el procedimiento

Realizada por Caro Sánchez. 21 dic 2015

Hola me gustaría que me pudieran orientar. El papá de mi hijo no estuvo con nosotros cuando yo registre a mi bebé por lo que mi abuelo paterno le dio su apellido como papá y yo como mamá. Eso fue cuando mi bebé tenía 2 meses. El papá apareció y se hace responsable de mi bebé desde los 3 meses y ahora mi niño tiene dos años. ¿Qué tendría que hacer para que su papá biológico le de su apellido? ¿El proceso es muy tardado? ¿Quedan antecedentes en el acta de mi hijo? Muchas gracias por su ayuda.

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Debe dar lectura cabal y concienzuda a su acta y comprender cada una de las expresiones que está contiene: Usted requirió de testigos para el registro, pero debe diferenciar si son solo testigos o si en el acta consta que el hijo: "... que usted presenta vivo para su registro, y es hijo suyo y de el Sr. .... (Su Abuelo) ...", situación que vemos muy difícil, de que no se le hubiera cuestionado en el Registro Civil si en realidad era su deseo que su abuelo, (Quien mínimo tendría al menos cuarenta años mayor que usted, se estipulase en el Acta que reconocía ser el padre del menor) .
Cuando las madres se presentan, Sin el padre a registrar al menor se le ponen los Apellidos de la madre solamente es decir María Pérez Gómez, registra a su hijo Juan Pérez Gómez, y el testigo puede ser el papa (O el Abuelo de María, quien también se apellida Pérez), pero no quiere decir que por acompañar o atestiguar el registro, se le esté imputando la paternidad del menor. Revise todo esto cuidadosamente.
El trámite de reconocimiento si su hijo tiene solamente sus apellidos y en el lugar de, Nombre del padre, solo existen líneas de guiones, es sumamente sencillo se hace en un solo día y solo debe presentarse el padre, identificarse con IFE y manifestar que es su deseo que se le reconozca como el padre del menor de ese momento en delante.

Amparo y Derecho Administrativo en GDL Abogado en Tlaquepaque

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Buenos días, a sus comentarios, le señaló que deberá de realizar un Reconocimiento de Paternidad su cónyuge, para cambiar los datos del padre. El trámite dura aproximadamente 3 meses dependiendo del lugar donde se derive la demanda. Además se realiza una anotación en el Acta de nacimiento que es inscribir la sentencia. Saludos. Lic. Juárez

Juárez & Juárez Asociados Abogado en Cuauhtémoc

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Caro. Sí se puede, es un trámite relativamente sencillo. Necesita presentarse el padre biológico contigo al registro civil y con la credencial del INE se hace la petición de que se le otorgue el reconocimiento de paternidad del menor.

Lic. Jesús Alberto Cavazos Rosas Abogado en Santiago (Nuevo León)

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