Mi abuela casada por bienes mancomuncados heredó a mi mamá, el inmuebe lo adquirió cuando mi abuelo estaba vivo, pero ella al hacer su testamento, él ya había fallecido.
Pregunta, hay alguna consideración en particular por el fallecimiento previo de mi abuelo, se debe llevar a cabo un proceso adicional al de adjudicación?
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Invariablemente se tiene que llevar un juicio sucesorio para poder adjudicar el bien
Hola al estar por sociedad conyugal bienes mancomunados, quiere decir que la propiedad era de sus dos abuelos al fallecer uno, se debe primero saber si dejo testamento para que ese 50% se lo adjudique a quien haya señalado en su testamento, en caso de no haber dejado testamento se tendría que hacer un juicio intestamentario de ese 50% para que se lo pueda adjudicar su abuela y de esa forma al tener ella el 100% ya puede heredar a quien sea.
En GLAB ABOGADOS estamos a sus ordenes.
No SE HACE un proceso aparte porque al momento de que tú tengas algún problema aunque lo dudo si es que no existen más personas interesadas pero si en dado caso lo hubiera se puede justificar la falta de la firma del abuelo porque ya había fallecido y eso lo compruebas con el acta de defunción ( entiendo que la preocupación es por la falta de la firma del abuelo )
Pero en conclusión, NO SE REALIZA OTRO PROCEDIMIENTO