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Solamente en pocos Estados de la República existe el divorcio administrativo; en todos los otros Estados para solicitar el divorcio la regla general es que debe de haber transcurrido al menos un año para solicitarlo; no obstante de ello, nosotros mediante la aplicación de un criterio federal podemos tramitar el divorcio ya sea incausado (express) o voluntario aunque no tengan el año de casados y aunque en la legislación se establezca al menos un año de haberse celebrado el matrimonio. Pueden contactarnos directamente en la web, o en nuestro perfil de éste portal; quedamos a su ordenes en la ciudad de León Guanajuato. Saludos...!
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10 respuestas
No hay ningún problema esta muy fácil solo debes de tener los documentos y se hace fácil y rápido.
Saludos
Lic. Servio Tulio Morales.
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Buenos días,
La ley establece que el divorcio procede después de haber cumplido un año de matrimonio por lo que ahorita si su deseo es iniciar dicho trámite el mismo no será procedente.
Artículo 272. Procede el divorcio administrativo cuando habiendo transcurrido un año o más de la celebración del matrimonio, ambos cónyuges convengan en divorciarse, sean mayores de edad, hayan liquidado la sociedad conyugal de bienes, si están casados bajo ese régimen patrimonial, la cónyuge no esté embarazada, no tengan hijos en común o teniéndolos sean mayores de edad, y estos no requieran alimentos o alguno de los cónyuges. El juez del registro civil, previa identificación de los cónyuges, y ratificando en el mismo acto la solicitud de divorcio, levantara un acta en que los declarara divorciados y hará la anotación correspondiente en la del matrimonio anterior.
Si se comprueba que los cónyuges no cumplen con los supuestos exigidos, el divorcio así obtenido no producirá efectos, independientemente de las sanciones previstas en las leyes.
Sin embargo pudieras iniciar un juicio de jurisdicción voluntaria solicitando la separación de los cuerpos hasta en tanto llegue el tiempo para iniciar el trámite de divorcio.
Si no procrearon hijos y no obtuvieron bienes y cada uno cuenta con ingresos propios puedes iniciar tu trámite de divorcio administrativo.
Pero si no tienen bienes, no procrearon hijos y usted no cuenta con ingresos propios se deberá iniciar el divorcio incausado para el cual debe esperar que se cumpla el año de haber contraído matrimonio.
Despacho Ortíz Rubio Legal
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Buenas Tardes, con mucho gusto la orientaremos y ayudaremos, me gustaría que pudiéramos platicar y de esta forma conozca nuestros servicios y costos, le agradecería mucho que me llame al numero de celular que aparece en los datos del Despacho o bien nos envíe sus datos para poder contactarle..
Le reitero que estamos para servirle y que estaremos atentos para poder servirle.
Lic. Héctor García Aguirre
Director
Muchas Gracias
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Buenas noches,
Es necesario que tramiten, si están de acuerdo, el divorcio administrativo. En caso de que no estén de acuerdo deberá tramitar el divorcio necesario.
Saludos cordiales,
Corporativo Avellaneda
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Puedes promover el divorcio sin expresión de causa
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Antes de un año de consumado no procede el divorcio, sin embargo puede solicitar via judicial la separación de cuerpos solicitando en su caso pensión alimenticia, solo conociendo sus motivos, un despacho de abogados le puede asistir en su determinación matrimonial,
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debes de tramitar tu divorcio administrativo, pues lo mas probable es que cubran los requisitos, para esto debes contar con el consentimiento expreso, personal y ratificado de el otro cónyuge de la misma manera en la que tramitaron y contrajeron el matrimonio, Si esto no es posible entonces debes indicar el tramite de divorcio incausado, al que te puedes acoger, pues si no hace mas de un mes que te casaste entonces esta ya existía al momento de que celebraron el matrimonio
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Alejandra. déjame decirte primeramente que el matrimonio es un acto solemne. y nace de la voluntad de los consortes dirigida a establecer una vida en común en forma permanente. por lo tanto debes de esperar cuando menos un año para que puedas divorciarte.
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El plazo mínimo para tramitar un divorcio es de 1 año y habría que ver porque se quiere divorciar
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Buenas tardes, a tu pregunta, se requiere que acudas al Registro Civil y trámites el Juicio de Divorcio Administrativo, siempre y cuando no tengas hijos ni bienes en común; de lo contrario, deberás de hacerlo ante Jueces de lo Familiar. Saludos. Lic. Juárez
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