¿Se puede vender casa aun sin liquidar crédito Infonavit en divorcio?

Realizada por Jesus Alberto. 25 sep 2014 Derecho a la vivienda

INFONAVIT ahora permite vender tu vivienda aun teniendo un saldo pendiente, se vende la propiedad INFONAVIT se cobra lo que debes y lo que resta es para el vendedor.


mi pregunta es si se puede aplicar el mismo método en un divorcio una vez que el juez dictamine la liquidación de bienes, ¿O INFONAVIT le da un trato diferente? ¿No podría hasta pagar el crédito?, por otra parte, el crédito lo estoy pagando yo, ¿Se puede exigir que mi esposa pague la mitad de este saldo? ya que tengo entendido que en un matrimonio por bienes mancomunados no solo se adquieren bienes sino también deudas.


Muchas gracias por tomarse su tiempo a despejarnos nuestras dudas. Vivo en Sonora

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SÌ se puede vender o traspasar la propiedad dando conocimiento a INFONAVIT, también en tu Divorcio debes pedir a tu Abogado que solicite el cargo de la deuda a tu todavía esposa al momento de la Disolución de la Sociedad Conyugal para que pague la mitad del Adeudo como es debido, por otro lado INFONAVIT puede ayudarte a llevar a cabo un traspaso del Bien Inmueble pero sòlo te darán lo ya aportado.
Saludos.

Acadyl Abogado en Santiago de Querétaro

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Si, y si tiene ingresos propios también.

Reyes Rodríguez & Asociados, Bufete Jurídico Abogado en Benito Juarez

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Cuando es remate público se abarata el inmueble, es decir ¿Se vende en menos de lo que pudiera venderse por cuanta propia? ¿Es posible vender durante el proceso de divorcio en común acuerdo de las 2 partes?
Gracias de antemano.

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Le informamos que al momento de que un juez dictamina la disolución del vínculo matrimonial y en su caso la liquidación de los bienes mancomunados, en caso de que alguna de las partes quisiera el bien inmueble, este deberá pagar al otro su parte, y en caso de que se decida que el bien pase a remate público, se le da vista al INFONAVIT y este hará valer el pago de lo adeudado como cualquier otro acreedor que pudiera existir, por esta razón es que el Juez ordena la publicación de edictos.

En cuanto al pago de la mitad por parte de su contraria, se puede hacer valer mediante un incidente de ejecución de sentencia, mencionando la situación, y de esa manera descontar de su parte la cantidad adeudada a su persona por concepto de los pagos realizados únicamente por usted.

Por su tiempo y atención, gracias.

Estamos a sus órdenes.

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