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Si, si se puede demandar la pensión alimenticia retroactiva, es un derecho básico y obligación de los padres a ministrar los alimentos a los menores.
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2 respuestas
Estimado Ricardo, es un poco vaga tu pregunta, puedes demandar pensión alimenticia y en caso de concedértela se aplicará a partir de que se decrete judicialmente la pensión, si te refieres a gastos que has hecho desde hace 8 años por concepto de pensión te comento que deberás justificar los que hayas hecho.
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Efectivamente se puede, ya que los alimentos no prescriben.
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