¿Se puede demandar por incumplimiento en tiempos a una aseguradora?

Realizada por Miguel. 12 mar 2019 Seguros médicos

Quisiera saber si se puede demandar a una asegurador de acuerdo al art. 71 de la Ley de contrato de Seguro, transcurrido los 30 días aunque la asegurada, aun no haya realizado el dictamen del siniestro.

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Claro que si es posible, existe un contrato de seguro, hay un incumplimiento a las clausulas del contrato, los beneficiarios reclaman dicho beneficio, la asegura queda con la carga de realizar los respectivos dictamenes, pueden ir a la Condusef.

Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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