Se debe predial desde 2003

Realizada por Ivonne Calvo. 12 feb 2018 Notario

En su testamento mi padre queda como heredero, mi papá fallece en agosto del 2017, mi madre y yo estamos poniendo las cosas en orden. Hemos solicitado asesoría en las oficinas del SAT, pero nos dicen que hay que pagar todos los años. No tenemos esa cantidad, ya que el costo del predio es muy alto, debido a que el inmueble es comercial. ¿Qué podemos hacer? Ya que de momento el juicio por las sucesiones testamentarias no concluye. Queremos hacer un convenio de pago, pero todo está a nombre de mi abuela. ¿Qué podemos hacer?

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Buen día Ivonne, el impuesto predial es un impuesto municipal regido por las leyes locales, por lo cual te solicitaría tu lugar de residencia, esto para determinar si las facultades de las autoridades ya se le caducaron, es decir; ya no puede cobrar ese impuesto.

(Depende la legislación cuantos años establezca) por lo regular son 5 años, por lo tanto si debes predial de 2003 a la fecha, solo estarías obligada a pagar de 2013 a la fecha.

Además de que ese predial restante puedes realizar un convenio en parcialidades.

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Lic. Rubén Rosas Nicifore Abogado en Ensenada

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