Requisitos y condiciones para divorciarme

Realizada por Juan Paredes. 1 oct 2015 Divorcio

Me casé hace 25 años en San Agustín Tlaxiaca, municipio de Hidalgo, México, por el régimen de bienes mancomunados, tenemos dos hijas una de 24 y otra de 21 años esta última está estudiando la universidad. Desafortunadamente mi pareja y yo ya no tenemos intereses comunes y absolutamente nada de comunicación, lo que lleva a una relación totalmente enferma con disgustos, problemas, etc.

Actualmente vivimos en Pachuca Hidalgo, la casa que habitamos la compré hace 19 años, la puse a su nombre.

Me interesa conocer recomendaciones para realizar el trámite de divorcio y además como quedaría la situación sobre los bienes, si es que aplica el tema de pensión o que procede. Ella trabaja de manera informal, los ingresos que percibe los destina únicamente a su uso personal, todos los gastos por servicios, alimentación y manutención los realizo yo. Agradezco su amable atención.

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Sr. Paredes. Si los ingresos que percibe su esposa por su propia cuenta son notoriamente inferiores a los que usted percibe, el juez familiar va a determinar que ella necesita recibir pensión alimenticia de parte de usted. La casa que pusieron a nombre de ella por acuerdo de ambos se mantendría de esa manera. Las hijas mayores de edad si lo creyeran necesario podrían demandar pensión alimenticia si demostraran que aún la necesitaran para continuar sus estudios, pero si ellas están en buenos términos con usted y sienten que no requieren demandarlo, esto no tendría que suceder.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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Sr. Juan: Los motivos que expone son suficiente para que cualquier juez los declare divorciados, y en su sentencia tiene la obligación de ordenar que se dividan los bienes inmuebles al 50% cada uno que exista, (si es que ustedes no logran ponerse de acuerdo en la repartición de ellos antes de que se dicte la sentencia y se lo proponen y muestran su conformidad ante el en el Juzgado.)
También es obligación del Juez dejar fijada la obligación del padre de otorgar una pensión alimenticia a los menores, y/o a los hijos quienes aun siendo mayores de 18 años, jamás han dejado sus estudios, y cursan actualmente carreras oficiales, es decir que obtendrán licenciaturas y titulo de la SEP, Escuelas oficiales y/o Incorporadas o particulares), no Idiomas, carreras técnicas o cortas, etc.

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Buenos días. A sus comentarios hago de su conocimiento que deberá contratar un abogado, demandar el divorcio señalando que sus hijas son mayores de edad pero que una de ellas continúa estudiando, señalando que seguirá haciéndose cargo de ella pagando sus estudios. Referente a la casa, que aunque esté a nombre de ella, ustedes se casaron por el régimen de Sociedad Conyugal, por lo que le corresponde un 50% del valor comercial de la casa y del menaje que se tenga. Al momento de demandar deberá señalar que su esposa trabaja en negocio propio como comerciante y que tiene los recursos necesarios para cubrir sus propias necesidades. Deberá acreditar con pruebas fidedignas que ella trabaja, como lo son fotografías, tres testigos que la conozcan y alguna vez le hayan comprado algo, señalar la ubicación donde se encuentra y fotografías de lo que hace o algún vídeo para acreditar su dicho, en caso contrario, ella puede revertir que efectivamente trabaja, pero que no le alcanza, por lo que el Juez puede fijarle una pensión también para ella. Respecto de la otra hija, no señala nada para darle una opinión jurídica al respecto. Espero haberle saciado y disipado sus dudas y comentarios. Saludos. Lic. Juárez

Juárez & Juárez Asociados Abogado en Cuauhtémoc

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Buenas Tardes Señor Paredes, existen dos formas de hacer las cosas, la primera es ver si su esposa, realmente se dedicó más al hogar que a trabajar, es decir, atendía a sus hijas, hacia comida, limpiaba la casa y demás quehaceres del hogar. Si es así, lo correcto sería proporcionarle una pensión por un tiempo determinado. Además de dejarle la casa y apoyar a sus hijas con sus estudios.
La segunda opción es, si su esposa no se dedicó tanto al hogar, entonces la casa se vende y lo que se obtenga es 50 y 50% para cada uno, la única de sus hijas que podría exigirle pensión es la de 21 años si continúa estudiando pero de aquí a que lo haga o ya terminó la escuela o ya se extinguió su derecho.

Casales Y Moran Despacho Jurídico Abogado en Tijuana

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