¿Qué puedo hacer para que mi esposo me de pención alimenticia para mis 3 hijas?
Realizada por Nayely. 21 ago 2015
Mi esposo tiene un hijo que tuvo antes de conocernos con una mujer con quien vivió en unión libre, ella se fue con su hijo y al inicio mi esposo enviaba el dinero que ella le pedía, después nos conocimos y nos casamos por la vía legal y fue cuando ella solicitó pensión alimenticia del 25%, en ese tiempo no teníamos hijos, ahora tenemos 3 hijas, ¿qué debo de hacer para asegurar también los alimentos para mis hijas? (La pensión alimenticia mencionada fue mediante el DIF con un juez conciliador).
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Sra. Nayely. Usted también puede y debe demandar la pensión alimenticia para sus hijos, ante la autoridad que usted por su cuenta o ambos de común acuerdo elijan, de modo que el juez que conozca del caso, pueda determinar los porcentajes de pensión alimenticia que le corresponderán a cada uno de los acreedores alimenticios. Su abogado le dará los detalles de como hacerlo. Estamos a sus órdenes.
Buenas tardes Sra. Nayely el hecho de que a su esposo le hayan demandado por alimentos, no significa que sus hijas representadas por usted no puedan percibir pensión alimenticia que según el porcentaje que le fije un Juez, si voluntariamente el padre no cumple con esa obligación lo adecuado es demandar ese derecho de sus hijas.
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Consìguenos las actas de nacimiento de tus menores y con eso procedemos a tu favor
Buenas tardes, para asegurar pensión alimenticia para sus hijas tendría que demandar a su esposo y así asegurar un porcentaje del sueldo de su esposo.
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Se le recomienda, si carece de recursos económicos que acuda ante la defensoria pública en el poder judicial del estado donde usted viva, previamente se lleve actas de nacimiento de sus tres hijos y el acta de matrimonio, y solicite que le presenten demanda de pensión alimenticia en contra de su esposo, para lo cual deberá de proporcionarles el domicilio donde se le puede localizar para notificarle la demanda, así como el domicilio de su fuente de trabajo para que una vez que le notifiquen, se le gire oficio a la empresa para que proceda hacer el descuento de la pensión alimenticia que le llegue a decretar el juez donde presente la demanda.Saludos.
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Nayely. los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos y, estos han de ser proporcionados a la posibilidad del que deba darlos y a la necesidad del que deba recibirlos.
Saludos.
UNA SOLUCIÓN PARA TU PROBLEMA ES PROMOVER EN VIA DE CONTROVERSIA FAMILIAR LA PENSIÓN DE TUS MENORES HIJAS, CON ELLO, CON INDEPENDENCIA QUE EXISTIERA UNA OBLIGACIÓN ANTERIOR, TENDRÍAN QUE SER INCLUIDAS COMO ACREEDORES DE ALIMENTOS DE TU ESPOSO... NO HAY QUE OLVIDAR QUE LA OBLIGACIÓN DE ALIMENTOS, NO ES RENUNCIABLE, Y NO ES SUSCEPTIBLE DE NEGOCIACIÓN, SI TUS HIJAS TIENEN EL DERECHO, HABRÍA QUE EXIGIR SU CUMPLIMIENTO, PARA ELLO NOS PONEMOS A TUS ORDENES.