¿Qué pasa su renuncie en diciembre?

Realizada por Magaly. 26 dic 2017 Abogado laboral

Si renuncié el 01 de diciembre cuando me deben pagar el aguinaldo, me lo deben pagar con la liquidación el ultimo día laborado o me lo deben pagar antes de la fecha que indica el ministerio osea antes del 20.

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Hola Magaly si renunciaste el aguinaldo así como el total de tu finiquito se te debe de pagar al momento que renuncias a tu trabajo al momento de firmar tu finiquito porque es a lo único a lo que tienes derecho por renuncia voluntaria, lo cual es diferente cuando te despiden pues en este caso tienes derecho al pago además de tu finiquito (aguinaldo, vacaciones, y prima vacacional) al pago de tu prima de antigüedad y a una indemnización constitucional de 90 días de salario.

Lic. Reymundo I. Rodríguez Cisneros Abogado en Acapulco

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Si usted renunció antes del 20 de diciembre, lo correcto es que el pago de su aguinaldo sea proporcional y se lo entreguen junto con el pago del finiquito, que también debe incluir las cantidades que le corresponden por vacaciones y prima vacacional.

Quedamos a sus órdenes.

AP Consultores Legales Abogado en Tuxtla Gutiérrez

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