¿Qué hago si perdí las escrituras de mi casa?
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Si tienes una copia con gusto te consigo las originales, si no las tienes no te preocupes de todas formas conseguimos una reposición.
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Puedes acudir con el Notario que escrituró y solicitarle que te extienda un testimonio o al registro público de la propiedad y solicitar que te expidan copias certificadas de las mismas (en este caso deberás proporcionar datos de registro, y si no los tienes, deberás solicitar primero una búsqueda)
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Tienes varias opciones, la primera sería acudir a la Notaría en la que firmaste tus Escrituras y solicitar la Expedición de un Segundo Testimonio ó la expedición de una copia certificada.
La segunda sería realizar una búsqueda en el Registro Público de la Propiedad de tu ciudad, una vez que tengas los resultados de la búsqueda con los datos que ella arroje puedes solicitar una copia certificada por Registro Público.
La tercera es acudir al archivo general de Notarias y solicitar una copia certificada, esto solo es posible si tu escritura se firmó hace 5 años o más.
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Las escrituras de tu casa solo son copias certificadas de sus originales que obran en los libros de una notaría. Si te interesa tener de nuevo esos documentos, solo hay que pedir una copia más, para lo cual tienes dos opciones, acudir con el notario que dió fe del acto en el cual adquiriste ese bien, y solicitarle que elabore una nueva copia certificada para ti, o mejor aún acudir al Instituto de la Función Registral (IFR) del municipio o región donde se ubica tu casa, y solicitar la expedición de copias certificadas de las escrituras del inmueble, para lo cual vas a necesitar proporcionarles los datos registrales que facilitan encontrar el registro que corresponde al acto mediante el cual adquiriste tu casa. Esos datos registrales se refieren a un Folio Real, o a una combinación de datos como tomo, libro, sección, partida, etc. Si por alguna razón no conoces esos datos registrales relacionados con la inscripción de tu titulo de propiedad, entonces tendría que hacerse una busqueda dentro de los registros del IFR, tomando en cuenta la época cuando adquiriste el inmueble y utilizando tu nombre y la ubicación de tu casa.
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