¿Puedo denunciar a mi padre si no llevo su apellido?
Realizada por Nallely Palomino. 12 jul 2015
Buenas noches, yo me llamo Nallely Montúfar Palomino. Yo tengo 14 años de edad en los cuales desde que nací mi padre biológico no me ha dado nada absolutamente nada, hace unos meses hablé con el y me dijo que debido a que no llevo su apellido no me puede dar nada y le explicó a mi mamá que no me puso su apellido por temor a que el quería hacerle abortar y no quería reconocerme. Pero yo ya estoy decidida a denunciarlo por una pensión de alimentos porque mi madre a veces no tiene y el se da la buena vida de ir con sus mujeres a darles plata pero a su hija nada. El varias veces me dice que se sacara la prueba de ADN pero no viene. Actualmente yo estoy mal porque el está saliendo con mi tía y ella esta ahí y le pide plata, los cual me da mucha colera porque yo siendo su hija nada y ya me harté. ¿Me puede ayudar? por favor
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 12 personas
Si aun persiste su duda, problema y requiere de ayuda profesional, se la proporcionamos Gratuitamente vía correo electrónico a través de esta pagina, o directamente en la nuestra que también puede obtener por este medio.
¿Te pareció útil?
¡Gracias por tu valoración!
7 respuestas
Esta respuesta ha sido útil para 7 personas
Si aun persiste su duda, problema y requiere de ayuda profesional, se la proporcionamos Gratuitamente vía correo electrónico a través de esta pagina, o directamente en la nuestra que también puede obtener por este medio.
Buenas tardes Nalle, tu puedes obtener los derechos que como hija te corresponden de tu padre biológico, promoviendo una demanda por conducto de tu madre de reconocimiento de paternidad, en la que también debes de solicitar el pago de una pensión alimenticia y el pago retroactivo de las pensiones no otorgadas desde tu nacimiento, para evitar mayores demoras y que el juez en la sentencia resuelva sobre tus derechos alimentarios. En el juicio se determinará tu parentesco como descendiente de tu padre biológico mediante la práctica de la prueba molecular del ácido desoxirribonucleico (ADN), la cual puede practicar el Instituto Nacional de Medicina Genómica INMEGEN, y cuyo costo es aproximadamente menor en un 50% que si lo practicaran en un laboratorio o institución de asistencia privada, el estudio tiene una confiabilidad y certeza del 99.99% y su credibilidad no tiene duda por ser practicado por una institución pública dependiente de la Secretaría de Salud. En nuestra firma tenemos especialistas en materia familiar que tienen la capacidad de resolver tu problemática. Podemos asesorarte en el Distrito Federal, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla, Querétaro, Veracruz y otros estados de la República a convenir.
Buenas tardes Nalle, es importante que en la entidad que te encuentres inicies un juicio de reconocimiento de paternidad y en el mismo juicio reclames el pago de una pensión alimenticia y el pago de las obligaciones alimentarias que no cubrió tu padre desde tu nacimiento, procurando que se le obligue a pagar en forma retroactiva lo que dejó de pagar, tu parentesco se va a determinar con la prueba pericial en genética molecular (ADN), misma que puede ser practicada por el Instituto Nacional de Medicina Genómica INMEGEM y su costo se reduce por más del 50% comparado con otros laboratorios de asistencia privada y el servicio es prestado por una institución pública con un porcentaje de confiabilidad del 99.999% y tienen representantes médicos en varias entidades del país. Podemos asesorarte en el Distrito Federal, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla, Querétaro, Veracruz y otros estados de la República a convenir.
Es correcto, tu asunto se decide en dos juicios el primero que trata sobre la paternidad y el segundo la pensiòn de alimentos. Con gusto te apoyamos, contàctanos.
Tal y como los compañeros colegas han explicado, tienes que promover por medio de tu mamá o de quien ejerza tu custodia, el juicio para determinar la paternidad de quien se dice es tu progenitor. Por el costo no debes de preocuparte ya que no serías tú quien se ocuparía de eso, y si tienen la suerte de que el señor no se presente, no habrá necesidad de efectuar la prueba, ya que el juez aplicaría el criterio jurídico para dar por cierto que el señor es tu padre, aunque no lo fuera de hecho. Y ya posteriormente podría promoverse sin problemas el juicio por los alimentos.
La verdad el juicio de reconocimiento de parternidad es caro, por que el estudio de ADN es caro este se paga mitad y mitad por cada una de las partes,
Por que debes iniciar esta demanda antes que la de alimentos, por la sencilla razón de demostrar que efectivamente eres hija del señor.
Hay que iniciar el trámite del Juicio de Reconocimientos de Paternidad, así el Juez ordenará que se realice la prueba de ADN y si se niega, se da por hecho que eres hija de él. Posteriormente, ya concluido el Juicio, puedes iniciar el trámite del Juicio de Alimentos.