¿Puedo demandar a una persona que se instaló en mi domicilio?
Realizada por maricela. 9 sep 2015
Buen día, lo que pasa es que tengo un terreno, el cual tiene casa y unos cuartos. En los cuartos vive mi abuela y la casa estaba sola. Una tía rentó la casa sin autorización del dueño, nosotros, a la personas que le renta, le pedimos que desalojen la propiedad pero ellos no quieren porque hicieron arreglos y todo, ¿puedo demandar y ganar el caso o qué puedo hacer?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 3 personas
BUenas tardes Maricela, efectivamente debes de demandar ante el juez de lo civil a efecto de que se declare la nulidad del contrato de arrendamiento o en su caso te subrogues en los derechos de la persona que lo dio en arrendamiento que es tu tía, puesto que la única persona que puede dar en arrendamiento un inmueble lo es su legítimo dueño. En nuestra firma contamos con abogados especializados en materia civil y de arrendamiento que darán solución a tu problemática, podemos asesorarte, patrocinarte y representarte en el Distrito Federal, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla, Querétaro, Veracruz, o en otro estado de la República a convenir.
La inactividad de su parte, hace presumir al inquilino que no es cierto lo que ustedes le refieren, que sin duda alguna la persona que le rentó ya quiere la cancelación del contrato porque ya mejoró la propiedad y puede rentarla a mayor costo, y los envía a ustedes a Amenazarlo inútilmente.
Deben de inmediato demandar judicialmente, interpelarle judicialmente para el desalojo y entrega de la propiedad y/o en su defecto la celebración de un contrato de arrendamiento a precio justo, en las condiciones que el recibió la finca y reconocerle un porcentaje de las mejoras (50% sería justo y equitativo) como abono de la renta, pues si bien es cierto no pidió autorización para hacerlas, tampoco se le prohibieron ni se estipulo prohibición alguna o el contrato no prevé las mismas, además de que este concepto puede animar a la celebración de este contrato.
Si opta por el plazo para desalojar no pagara renta. Si decide elaborar el contrato entonces comenzara a pagarles la renta justa.
De cualquier modo la devolución de su propiedad esta garantizada conforme a la ley
Las personas que están pagando la renta, mientras cumplan con sus obligaciones van a poder argumentar que firmaron el contrato de buena fe y para desalojarlas habría que cumplir con las condiciones pactadas en el contrato. Pero mientras permanezcan ejerciendo sus derechos, el beneficio del cobro de la renta puede demandarse para que sea para los dueños legítimos de la casa, exhibiendo el título de propiedad que lo acredita.