Pide pensión de un supuesto hijo biológico mío (II parte)

Realizada por Armando Martinez Verdugo. 11 oct 2019 Paternidad

Aclarando que el correo que envié ayer, me ha ayudado a redactarlo mi hermana, yo no soy bueno para estas cosas, ni celular uso.

Asesor Lechuga Quijano y Raul Díaz, muchas gracias por las respuestas de asesoría de ayer, son muy buenos ustedes en su profesión y como seres humanos.

Supera mi capacidad de asombro que el padre legal del supuesto hijo biológico mío del cual me están pidiendo pensión alimenticia, no tenga dignidad y esté de acuerdo que su esposa me peleé apoyo.

Últimas preguntas sobre el tema:

1.- ¿Cuál es la postura de la ley o de un juez ante esto? Es decir: el niño tiene padre legal, ¿éste ultimo puede evadir su responsabilidad legal y moral?. Yo en en el lugar de ese tipo, asumiría que el niño es mi hijo en todos los aspectos y ni de pensamientos dejar espacio a imaginar que existe el padre biológico.

2.- ¿La ley le da beneficios y responsabilidad parcial al padre legal?

3.- ¿Puede la mamá del niño demandarme aun habiendo entregado la figura legal de papá a otro?

4.- ¿El juez me puede fincar la responsabilidad de manutención y darles a ellos un confort solo porque le han dado apellidos al niño?

5.- ¿Procede que me demanden aun teniendo el niño 2 papás legales?

6.- Si ella pide prueba de ADN y sale positiva, ¿le pondrán mis apellidos al niño y le quitaran los de el?

¿Puedo demandarlos y por extorsión?

Muchas gracias por lo que me puedan responder.

Armando Martinez

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1.- Para la ley solo existe un padre, el cual tiene que asumir todas sus responsabilidades y puede gozar de todos sus derechos. Ese padre es el que registró al menor y aparece en el acta de nacimiento. Mientras así sea, no existe para la ley otro padre.
2.- Nuevamente la misma respuesta, no pueden existir dos padres, la responsabilidad y los derechos son totales para el único padre legal.
3.- Nadie puede demandar obligaciones como padre a alguien que no es el padre legal, es improcedente, es absurdo, es ilógico.
4.- Nuevamente lo mismo, mientras usted no sea el padre para la ley, no se le pueden fincar responsabilidades ni otorgarle derechos, porque tales responsabilidades y derechos son del padre legal, el que registró al menor.
5.- Por última vez, no pueden existir dos padres legales.
6.- El único que puede demandar la prueba de ADN es usted cuando esté interesado en asumir la posible responsabilidad y ejercer sus derechos como padre biológico, por ello tendría que demostrar que lo es, porque aún ahora ni siquiera usted mismo está seguro de serlo. Cuando demande esa relación filial acreditándola con la prueba antes mencionada, y el juez la valore como legal, entonces usted pasaría a ser el padre legal y podrían ponerle su apellido al menor y tendría todas las obligaciones y derechos, y la otra persona que hoy es el padre legal dejaría de serlo y perdería todos los derechos y obligaciones del caso. Pero la madre hoy al único que puede demandar es al padre legal actual.
Claro que usted puede demandarlos por extorsión, pero tiene que valorar si quiere someterse al ruido que generará ese asunto, puesto que mientras usted no toque ese tema, nadie va a poder demandarle judicialmente nada, y si ellos quisieran arrepentirse del registro que hicieron del menor, tendrán que justificar una causa verosímil, creíble, de otro modo se evidencia su irregular proceder.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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