¿Pensiones caídas?

Realizada por mario gomez. 26 ago 2015

Tengo 2 hijas, una de 9 y otra de 3, con la sra. solamente viví un año. Como terminó mal ahora dice que los otros años yo nunca le di dinero para las niñas cuando le di siempre, ¿qué puedo hacer ?

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La experiencia nos ha mostrado que un juez de lo familiar solo autoriza pensiones alimenticias caídas, es decir retroactivas, cuando el deudor alimentario, después de que judicialmente se determinó dicha pensión, pudiendo cumplir con esa obligación, deja de hacerlo. Es decir que difícilmente se puede probar que alguien en una época anterior a la demanda de alimentos realmente no cumplía con la manutención de sus acreedores alimentarios. La gente suele presentar falsos testigos tanto a favor como en contra de esa situación, pero como se trata de un acto de omisión "No aportar la manutención", nadie puede atestigûar un negativo satisfactoriamente.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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Aguarda que se presente la situación real. La ley te obliga a cubrir las necesidades de tus menores hijas al 50% de acuerdo a las necesidades de ellas y tus posibilidades. La Sra. tiene la obligación de buscar y aportar el otro 50%, a menos que acredite alguna discapacidad. Todo esto de no ser cubierto puede ser demandado por cualquiera de los padres, si ella lo hace y tú estás seguro de que no has faltado a tu obligación solo tendrás que demostrarlo. Procura hacer depósito en cuenta o enviar siempre el dinero por Farmacia Guad. o Dinero Express, para que siempre tengas comprobante de pago de pensión.

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Las pensiones caídas recaen cuando en un juicio sumario de alimentos te condenan a pararlas y no lo haces no antes del juicio, saludos.

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Primeramente, contratar un abogado y, a manera de sugerencia, que presenten testigos con los que se acredite el pago de las pensiones pasadas y no pasará nada, y más aun si se acredita que se hayan depositado en alguna cuenta bancaria que sería lo mejor para acreditar fehacientemente su cumplimiento.

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Buenas noches. Te sugiero que les abras una cuenta bancaria a cada una de tus hijas y ahí empezar a depositarles. Si ella demanda la retroactividad de los alimentos, debes de demostrar con testigos que le dabas dinero. Saludos.

Juárez & Juárez Asociados Abogado en Cuauhtémoc

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