Buenas noches disculpen yo me casé en 2008 y tuve una niña en ese mismo año. Hace 5 años su padre y yo nos peleamos y él se fue con su mamá y ella a su vez lo mandó a Guadalajara. Fui al dif y dijeron que no podía demandar por abandono de hogar ya que no pedía pensión, pero que quedaría como antecedente . El problema es que hace pocas semanas mi hija quiere ver a su papá y yo por mas que me quiero comunicar con él no puedo. Y me voy enterando que saco su casa en infonavit en el 2014 y ahí tiene viviendo a su pareja junto con otra hija, yo tengo otro niño de diferente padre. ¿Aun así puedo pedir pensiona y que tanto de la casa y de los bienes puedo pelear en el divorcio? ya que me casé por bienes mancomunados y aun estoy casada y dada de alta en el seguro social por parte de mi marido. Yo me encuentro desempleada y vivo con mis padres.
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Disculpe la tardanza, su caso requirió del análisis de sus dos variantes, hemos analizado detenidamente su pregunta, entre los abogados de nuestro despacho, tenemos el mejor de los consejos que en línea podrías conseguir, y te ofrecemos toda la ayuda en línea de manera gratuita, que puedas necesitar específicamente en tu situación, si aún persiste su problema, conflicto, situación o duda, o incluso ésta ha variado o empeorado, le responderemos más ampliamente de manera personal a Usted, a través en .
Monserrat no te preocupes esa es la diferencia entre un abogado particular y los del DIF desgraciadamente, en fin te comento hoy en día ya puedes divorciarte sin necesidad de que el firme de común acuerdo, en el mismo escrito se puede incluir la pensión alimenticia ya que él tiene obligación hacia con ella (se le puede exigir por todo este tiempo que dejo de aportar). Si tienes alguna duda con gusto te la resolveremos. Con este y otros servicios te podemos apoyar en nuestras instalaciones. Estamos ubicados en León Guanajuato y contamos con dos oficinas de atención. Saludos cordiales V&L Corporativo Legal e Inmobiliario.
muy buenos días, claro que usted puede demandar los alimentos para su menor hija, es un derecho y si usted se encuentra casada bajo el régimen de sociedad conyugal le corresponde la mitad de los bienes de su cónyuge, pero recuerde que no solo es la mitad de bienes, también le corresponde la mitad de deudas, valore usted que desea pelear, quedamos a las ordenes