Pensión alimenticia después de los descuentos de ley

Realizada por Angel B Ortiz. 27 dic 2019 Derecho a la alimentación

Hace unos meses obtuve sentencia del juez de un descuento del 20% de pensión alimenticia sobre el total de mis percepciones ordinarias y extraordinarias, mi pregunta es la siguiente, le solicité a la juez que dentro de la sentencia estipulara que el cálculo se realizara después de las deducciones de ley ya que el departamento de rh de mi empresa me comentó que así a recibido algunas ordenes de pensión alimenticia, la juez se negó a estipularlo sin embargo consultando información veo que existen algunas tesis para argumentar que el descuento se realice después de las deducciones de ley, es posible solicitar la modificación de la pensión para incluya este rubro?
Actualmente es descuento que me realizan es del salario bruto y esto está afectando de manera considerable mis ingresos

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Hay dos maneras de reclamar esa irregularidad. Al parecer ya intentaron una de ellas, probablemente no supieron expresarla correctamente o probablemente el juez no la entendió. La otra forma es iniciar solicitando por escrito al patrón que corrija la forma inapropiada de retener la disposición judicial de la pensión alimenticia. Si el patrón accediera se terminaría el problema, pero suponiendo que no sería tan fácil la solución y la respuesta del patrón fuera negativa, se toma el escrito de la respuesta y se promueve en el juzgado un reclamo contra el patrón por mal interpretar la sentencia del juez. Entonces el juez tendrá que justificar y motivar jurídicamente el sentido correcto de su sentencia y si es el caso, ordenar al patrón que aplique correctamente la disposición judicial. Si el juez insiste en que está bien aplicada la sentencia con justificación jurídica, el abogado debe ser capaz de apelar dicha resolución y llevarla hasta el amparo de ser necesario y conveniente.

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Buen día si se puede realizar la modificación que indica en caso que sea tal como lo indica y para esto se requiere revisar el expediente, para saber si se solicita la modificación al juez o en su caso al patron a través de oficio que le gire el juez

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