Antes de que muriera mi mamá me dejó una carta poder por tiempo indefinido donde me cede el cargo de sus tierras y casa, ahora ya no está y fui a ver quien era el dueño de las tierras y me las dejó a mí, entonces mi pregunta es: ¿La casa también es mía o solo las tierras? por que las tierras tienen sus escrituras y la casa tiene su escritura tambien, ¿A dónde tengo que ir para poner la casa a mi nombre también? Tengo 10 hermanos y la casa es en un ejido.
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La Carta Poder deja de tener sus efectos cuando el Mandante fallece; sin embargo, si hay que abrir el Juicio sucesorio, ya sea Testamentario ó Intestamentario, para que se reconozca el carácter de herederos a quienes lo sean.
La carta poder se extingue con la muerte, necesitas denunciar el intestado, tienes que ver si es carta poder o si es testamento, que en tu caso sería lo ideal, de otra forma tienes que denunciar el intestado y llevar el trámite legal, te recomiendo que tomes la posesión de la propiedad solicitando que un juzgado te ponga en disposición de esos bienes.
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Para que la carta poder mantenga eficacia debió estar ratificada ante notario público y ser especial. Si la carta poder no fue ratificada y se trata de un poder general, su vigencia y validez terminó con el fallecimiento de la poderdante. Deberá usted tramitar la sucesión testamentaria o in-testamentaria de su mamá. Sin embargo, tratándose de un ejido, acuda usted a las oficinas del Registro Agrario, para checar lista de sucesores.
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Por lo que refieres se trata de una asunto agrario, me imagino que la casa está dentro del terreno y que el terreno es un ejido, tienes que indagar en el registro agrario si existe una carta en donde se te trasfiere los bienes, esto es como un testamento.
La carta poder que señala no tendría mayor valor probatoria, a reserva de que la checaramos y constatáramos su contenido. Si nos proporciona mayor información con gusto podemos ayudarle.