Mi padre nunca me mantuvo ¿Puedo demandarlo aunque yo tenga 21 años?
¿A qué lugar puedo acudir para hacer la demanda ?
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Las madres, a quienes la ley otorga la presunción legal de que obviamente fueron ellas quienes debieron haber cubierto esas cantidades con el sudor de sus frentes son a quienes les da el derecho la ley de reclamar este dinero, pues se supone que a ellas fue a quien les costo.
Desde el momento en el que declares que a partir de cierta edad te independizaste por completo, allí tu estas reconociendo que ya no necesitaste de alimentos, y liberas a AMBOS padres de la obligación, PUES LA OBLIGACION ES DE AMBOS PADRES.
Si tu madre esta dispuesta a firmar, identificarse plenamente ante el Juez, a ratificar sus pretensiones y ser interrogada para facilitar la procedencia de la reclamación, cualquier Abogado como Nosotros, la representaríamos sin costo inicial, hasta que lográsemos cobrarle al deudor lo reclamado.
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Bernardo al lugar a donde puedes acudir para hacer la demanda es a un juzgado de lo familiar.
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