¿Me pueden demandar o embargar?

Realizada por Eliza. 17 jul 2015 Abogado fiscal

Buenas tardes, tengo una deuda en prestamos relámpago me atrasé 2 meses, me quede sin trabajo y ahora que tengo gano menos y me acerqué a la financiera para que me bajaran a la mitad de la mensualidad que estoy pagando pero me dicen que no se puede y pues me están mandando citatorios y me dicen que me embargarán. El detalle es que vivo con mis papas pero ellos no son mis avales ni firmaron nada y pues la propiedad está a nombre de ellos ¿pueden hacerme algo o embargar a mis padres?

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Negativo, no pueden embargar a personas distintas a las señaladas en el compromiso de la deuda, como son el deudor, los solidarios, avales, etc. Además tienen que hacerlo apegados a derecho con la participación de un ejecutor que se identifica y porta la orden de ejecución. Es delito practicar la intimidación a personas mediante prácticas fuera de la ley, sobre todo cuando ni siquiera son las que tienen que responder por una deuda que pertenece a otra persona. Si tu deuda es mayor a tu capacidad de pago lo que tienes que hacer es un proceso donde te declaras en bancarrota y el juez emplazará a tus deudores para que estén obligados a dejar de calcular mas intereses y se limiten a cobrar sobre lo que realmente tienes, dejando libres de molestias a tus familiares. Estamos a tus órdenes.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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¡Se los agradezco! Aunque me confundieron un poco al decirme uno que no pueden embargar a mis padres y otros al decirme que si pero todas formas ¡gracias!

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Si es correcto, te pueden demandar y embargar independientemente quien sea el propietario de los bienes, lo cual tendrà que decidirse durante el juicio, se ha hecho.

Coello's & Asociados Abogado en Tuxtla Gutiérrez

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Buenos días, si al requerir tu préstamo señalaste como tu domicilio el domicilio de tus padres, y exhibiste un comprobante de domicilio, entonces si pueden embargar, toda vez que también habitas el domicilio, es necesario te salgas del domicilio, y les comentes tu citación a las personas que lo habitan, ya que si ellos comentan al momento del requerimiento de pago que si vives ahí, ellos procederán conforme a derecho, y podrán embargar el domicilio de tus padres, eso tiene solución, promoviendo una tercería, pero, si no tienen facturas o formas de acreditar que los bienes muebles que embargaron no son de tu propiedad, entonces las cosas se complican, podemos apoyarte. Contactanos, asesoría sin costo.

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Te aconsejo que te separes de la casa de tus papas porque en dado caso que te lleguen a embargar van a señalar cosas de tu familia, ahora las personas que te estan llevando citarios extrajudiciales lo hacen con el fin de meter miedo, ellos no pueden embargar, el embargo lo puede hacer actuario y con mandato judicial.
Estoy a tus ordenes.

Despacho Jurídico M&M Abogado en Celaya

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buenos dias

en tu situación, es recomendable que no vivas en la casa, de tu padres, por que despues tendrias que promover una terceria excluyente de dominio, para quitar el embargo que en su caso, llegara para los bienes de tus padres,y llegaras a un convenioi de pago estamos a tus ordenes

Medellin Lara & Asociados Abogado en Monterrey

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Claro que pueden embargar, te sugiero que dejes esa casa o meteras en problemas a tu familia.
Nos ponemos a tus ordenes derechoyleyesmexico

Derecho Y Leyes México Abogado en Iztapalapa

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