¿Me puede pasar pensión mi pareja después de 15 años de relación y 3 hijos?
Realizada por gabriela garcia. 2 jul 2015
¿Qué porcentaje les podría tocar a mis hijos si su papa en nueve años no les pasó pensión y ahora les pasa ya hace 5 años? Además quiero saber si a mi me podría pasar también ya que yo no estudié, trunqué mis estudios cuando me embaracé. Tenemos tres hijos vivimos en unión libre. Me pasa un 20% de lo que gana a la quincena.
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Usted tiene que analizar objetivamente la realidad que está viviendo con su pareja y sus hijos. Haga ese análisis tomando en cuenta todos los elementos que participan y no solo algunos, para que de ese modo las acciones que usted decida tomar le resulten de lo más favorable. Nos comenta que antiguamente su pareja no aportaba ninguna pensión, sin embargo usted debe saber si aunque no existía dicha pensión, de algún otro modo él aportaba para satisfacer las necesidades de sus hijos, y si en su opinión era suficiente o no lo era. Como haya sido, actualmente por alguna razón se ha mantenido aportando ese 20% que usted nos refiere como pensión alimenticia, pero nuevamente tendría que meditar si no está aportando algo más en especie, directamente a sus hijos o de cualquier otra manera, adicionalmente a ese 20%. Menciono lo anterior porque a veces se dan casos en los cuales por no hacer ese ejercicio de análisis, algunos dependientes económicos después de un procedimiento judicial terminan recibiendo aportaciones menores a las que venían percibiendo antes de que el juez determine la pensión alimenticia que le parezca justa. Por supuesto, si usted no se basta a sí misma y desea terminar una carrera, también debe ser acreedora alimentaria.
Buenas Tardes, debe de demandar ante el juez familiar ya que la ley no establece que porcentaje le corresponde a cada hijo. Pero por la experiencia profesional de este despacho, le puedo decir que por tres hijos debería de ser mínimo el 50% de las percepciones ordinarias y extraordinarias, ahora bien si usted ya dejó de vivir con su concubino, tenía que haberle demandado antes de que cesara los efectos del concubinato y estos terminaban en el momento en que dejó de vivir junto con él, ahora bien es pertinente, aclarar que también depende mucho del criterio de cada Juez.
Especialistas en derecho familiar.
Lic. Valeria Ortiz Rubio Anzorena
Ortiz Rubio Legal Abogados
México DF
Sur DF
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Buenas Noches. Su narración de hechos es un poco confusa, pero trataré de darle una opinión jurídica lo más apegado a lo narrado. Usted refiere que se encuentra viviendo en unión libre, que usted truncó sus estudios y que desde hace cinco años su concubino le da una pensión aproximada del 20% de sus ingresos. Por lo anterior, le refiero que la pensión que le entrega para 3 hijos es realmente raquítica, toda vez que debería entregarle o proporcionarle entre el 50% al 60% de sus ingresos mensuales. Saludos. Lic. Juárez.
Claro que sí, dependiendo donde labore te puedo conseguir arriba del 50% por concepto de pensión de alimentos, obligándolo a que te pague tus estudios. Contáctanos....te apoyamos.
Hola buenas tardes, en primer lugar tienes que demandar pensión alimenticia, en la demanda se le pide a su Señoría, es decir, al juez un porcentaje de un 40% ya que de no hacerlo el juez no otorga lo solicitado, por supuesto a ti también te corresponde.
Que tal Abi.
Contestando tus preguntas te puedo comentar que, el % lo asigna el juez, depende mucho de su criterio, mientras sus hijos sigan estudiando o sean menores de edad tienen derecho a una pensión, si le puedo comentar que es muy poco el porcentaje que le esta dando su esposo y respecto a la pensión de usted, en la actualidad pueden fijarle una pensión, siempre y cuando tenga una enfermedad o sea incapaz de trabajar, habría que estudiar bien su asunto. Esperamos poder apoyarle.
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