Hola, nosotros vivimos en casa de mis suegros pero por medio de mi esposa mi suegra me corrió y me negaron la entrada al domicilio y tengo un hijo de 2 meses y medio de pensión, ¿cuanto le tengo dar para mi hijo?
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Samuel
Claro que no te pueden demandar pero debieras protegerte con una denuncia de hechos, por otro lado la pensión que debes aportar es de acuerdo a tu posibilidad y a la necesidad de tu hijo, Si necesitas un abogado con todo gusto me pongo a tus órdenes si estas en la Ciudad de México o Estado de México.
Recibe un cordial saludo.
No existe el abandono de hogar, si gustas proporcionarnos un poco mas de información con gusto podemos asesorarte estamos a tus ordenes en el estado de Michoacán
Buenas noches, a sus comentarios, le señaló que en primer lugar usted y su cónyuge no tienen domicilio conyugal, toda vez que el domicilio pertenece a su suegra y habitan en calidad de "arrimados" en dicho domicilio por no ser propio, ni arrendado. Por otro, debería definir que quiere la separación o fracturar el vínculo matrimonial, parea encontrarnos en posibilidades de sugerirle opciones viables para su caso. En relación a que no le permiten el ingreso, le sugiero presentar una denuncia de hechos haciéndole participe al Ministerio Púb.aludos. licenciada Juárez
La pensión la determina el juez basandose en las necesidades del menor y la capacidad económica del deudor, por eso es importante demostrar tus ingresos y egresos para que sea fijada. Si te encuentras en la Ciudad de México o zona metropolitana contáctanos y envíanos tus datos para que en breve un especialista se comunique contigo y te brinde una asesoría personalizada.