¿La prescripción corre igual si el que posee el bien es un hijo del propietario?
Realizada por sandra espitia guevara. 10 oct 2015
Mi padre murió sin arreglar sus propiedades, intestado y como es en un ejido en materia agraria pasaron directamente a mi madre los títulos y derechos agrarios.
Tengo 3 hermanos que tienen la posesión en la actualidad y la han despojado de su casa en donde vivía pues al regresar de tratarse el cáncer ellos le cambiaron las chapas. Esto ocurrió en julio de este año. Tampoco recibe nada de sus propiedades. En total somos 8 hijos.
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Allí no comienza a correr termino para prescribir por dos razones, Uno: puesto que los bienes son derechos agrarios, y estos están tutelados por las autoridades agrarias correspondientes, Sedesol, Procuraduría Agraria, y Secretaria de Gobernación, y Reg Agr. Nal.: y DOS: Porque la manera en como sucedieron los hechos son materia de Persecución de la Secretaria Agraria, por el Delito de Despojo (A sus Hermanos no les corresponde aun ni un derecho) son análogos a cualquier invasor no familiar, hecha la denuncia bien vigilada, existe la cárcel al invasor y la restitución del Ejidatario y/o Posesionario o Avecindado en el uso y goce pleno de sus derechos, DENUNCIEN.
Sandra, es correcto que los derechos parcelarios y los demás inherentes a su calidad de ejidatario de tu difunto padre hayan sido asignados a tu sra. madre como derecho de preferencia. Lo que hicieron tus hermanos es un despojo, te recomiendo acudas a alguno de los órganos del ejido, como la asamblea y/o el comisaria do ejidal y les hagas de su conocimiento de la problemática, ellos te pueden asesorar.
Existe un delito cometido a tu madre que se llama despojo, y hay que hacer la denuncia ante la autoridad competente para la prosecución e investigación del mismo.
Aunque sean terrenos bajo el régimen ejidal un juez debe de resolver sobre como se adjudicaran los bienes de tu padre, mas nunca se deberá hacer a capricho de una o unas personas.
Quedo a tus ordenes