La obligación de un padre es de cubrir después de los 18 años, cuando es el caso de que la persona que recién se hace mayor de edad en ese momento estaba inscrito y cursaba estudios normales (Bachillerato o estudios Profesionales, carreras impartidas por Universidades oficiales de las cuales se obtendrá Titulo Profesional expedido por la Dirección General de Profesiones, de la SEP) Si al cumplir los 18 años ya se había abandonado los estudios no pueden retomarse posteriormente, o inscribirse a los sistemas Abiertos para adultos para poder tener derecho a solicitar Alimentos de cualquiera de los Padres.
De cumplir con los requisitos, a la que le corresponde el derecho de solicitar la pensión es a madre, que esta haciendo los gastos.
Y solo le es dable a ella puesto que si tu ya eres autosuficiente, entonces los estas liberando a ambos de la obligación, ya que esta es al 50% para cada uno. Contáctanos para mayor información y asesoría legal respecto a la manera en la que puedes acceder judicial o extrajudicialmente a la ayuda que requieres.