¿Es posible rectificar, aclarar las colindancias de un cuarto durante un juicio?

Realizada por Adolfo Flores. 26 jun 2018 Abogado penal

Ya había realizado la pregunta, sólo que al parecer no explique bien algo, así que rectifico para que se me pueda comprender.

Nuestro abogado olvidó colocar en el escrito inicial las colindancia del cuarto, que deseamos que se nos reivindique (sólo colocó las colindancias del terreno que ocupamos en parte, pero no las del cuarto ilegalmente ocupado). Incluso en la contestación a la reivindicatoria se le olvido colocarla, por lo que tenemos la duda si es posible aclarar, o decir dicha colindancia, o todo que no se dijo en su momento ( incluso si es necesario peritaje. Nosotros estamos en total disposición.


Cabe aclarar que la otra parte si reconoce el terreno, pero no el cuarto , pues el nos contrademando con algo tan absurdo de que desocupemos nuestra vivienda, ademas de obivamente no desocupar el cuarto, para ello presento un supuesto q un contrato privado de compra-venta con el anterior dueño aunque de hace 15 años, mientras mis escrituras son de hace 2 años (reitero, que el juicio ya está en proceso).

En fin, mi única duda a la brevedad es si es posible rectificar o aclarar las colindancias del cuarto, para así demostrar que nosotros lo estamos ocupando.

Asimismo si es posible, por favor indicarme mediante que recurso se haría, y si es posible ojalá, si tienen tiempo y disposición en que ley se funda la posibilidad de lo que he mencionado (o si esto lo puede hacer otra parte involucrada para así beneficiarnos, que aun no se pronuncia en el juicio, pero que está involucrada y con el cual tenemos buena relación).

Esto lo pregunto con el fin de preveer futuros errores del abogado.

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Si es posible rectificar o aclarar, digale a su abogado que leea bien el codigo de procedimientos civiles de su estado para que promueva lo solicitado, ya queda a decision del juez si la toma en cuenta o no.

Lic. Raúl Francisco Díaz Mortera Abogado en Minatitlán

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Suena usted muy técnico para no ser abogado, es extraño pero siento que eres abogado escondido detrás del portal, si no sabes que hacer habla a tus clientes con honestidad.

Despacho Jurídico Sánchez Ramírez & Asociados Abogado en Chicoloapan

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Vamos por partes para ser claros.
En un asunto como este lo que cobra más importancia son las escrituras como títulos de propiedad. Las colindancias que ahí se encuentran definen los límites de la propiedad que se declara.
La persona demandada por estar ocupando el cuarto o habitación que supuestamente no le pertenece, si al defenderse alega ser legítimo propietario de dicha habitación, entonces tiene que presentar escritura formal donde se delimiten las colindancias de esa habitación. Si lo que presenta es un simple contrato de adquisición donde no se declaren dichas colindancias, entonces la calidad de su documento es inferior al de una escritura porque no ha pasado las pruebas de protocolización donde se coteja su legalidad.
Es más importante lo que aparece en los documentos como títulos de propiedad o copias literales certificadas de la inscripción de la transmisión de propiedad en el registro público, que las manifestaciones hechas en el escrito de demanda o en alegatos. Las pruebas documentales pesan más sobre todo estando protocolizadas porque el juez las tomará como prueba plena por la fe del notario que la avala.
Cualquier aclaración superveniente que quieran promover sobre las colindancias del cuarto que mencionan solo servirá para que el juez tome consciencia de información que de cualquier manera está obligado a evaluar.
El juez puede inspeccionar físicamente el inmueble para cotejar que corresponde al que se hacer referencia en la demanda, pero si las partes ya aceptaron que están hablando del mismo inmueble no hará falta esa inspección.
Si el documento de adquisición de la habitación en disputa que el presunto intruso presenta es apócrifo, nunca representará mejor derecho que el de su legítimo dueño.

Asesores Lechuga Quijano Abogado en Cuautitlán Izcalli

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