Empleada e incapacidad por maternidad. Asimilados a salarios.

Realizada por Ruth Martinez. 23 feb 2017 Abogado laboral

Tengo 8 meses de embarazo (sere mamá soltera), trabajo en Puebla, Puebla, México. Hace 5 años llegue a trabajar a una empresa bajo un contratos, horario y con el paso de los años firme un contrato indefinido y asi estuve, hace 6 meses, me entero que nos cambiaron bajo una modalidad que aquí le llaman honorarios asimilables a salarios, en donde no tengo ningún tipo de prestación, solo mi salario, del cual le descuenta el ISR. No eh firmado nada, ni renuncia ni nuevo contrato ni nada, sigo sujeta a un horario y registro mi asistencia. Lo unico que me dijeron es que no tengo seguridad social. Ahorita ya a mis 8 meses mi jefa dice que no tengo derecho a la incapacidad por maternidad por que ya me registro como asimilda, pero creo que es inhunamo que no tenga derecho a descansar, algo de tiempo y un pago, antes y después de tener a mi bebé después de casi 6 años trabajando de lunes a sabado, en las instalaciones de la empresa, con horario de comida, aguinaldo, metiendo permisos para faltar y vacaciones hasta la fecha. Total que busque y encontre un articulo en la constitución politica de los estados unidos mexicamos (articulo 123 inciso a) fracción V) que habla sobre las mujeres durante el embarazo y dice q se tiene derecho a 6 semanas antes y seis después del parto, de igual forma en la ley federal del trabajo el articulo 170 fracción II dice lo mismo de las 6 semanas antes y despues, quisiera saber: ¿si esto aplica para mi situación laboral, o qué puedo hacer para tener ese tiempo de descanso y no perder mi trabajo?, ¿Algun consejo?

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Ruth, la relación de trabajo existe por lo que te recomiendo acudas cuanto antes a la procuraduria de la defensa del trabajo en Puebla o en su caso ante la junta de conciliación, para que demandes a tu patrón pero te repito actua de inmediato. Te asiste la razón.

Lic. Jesús Alberto Cavazos Rosas Abogado en Santiago (Nuevo León)

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Ruth. debes de presentar una demanda ante la junta de conciliación y arbitraje. para hagan comparecer a tu patrón.

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